variaciones sobre temas de carlos alchourrón y eugenio bulygin. derrotabilidad, lagunas axiológicas e interpretación

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.29166/cap.v4i6.2499

Palabras clave:

Derrotabilidad de las normas, lagunas axiológicas, teoría realista de la interpretación

Resumen

El trabajo pretende analizar las relaciones entre la derrotabilidad de las normas y las lagunas axiológicas desde la perspectiva de una teoría realista de la interpretación. Algunos ejemplos muestran que los dos conceptos denotan fenómenos que se presentan a lo largo del proceso de interpretación y que dependen de las estrategias interpretativas de los juristas. El análisis de los ejemplos permite desprender algunas conclusiones: entre otras, la siguientes: 1. La derrotabilidad no es una propiedad objetiva de las normas, antecedente a toda interpretación: por el contrario, es una de sus posibles consecuencias, es el resultado de una operación interpretativa (en particular, de una interpretación no literal, sino restrictiva, por medio de la cual se crean excepciones implícitas). 2. Al derrotar una norma se excluyen de su alcance algunos supuestos (que, sin embargo, de acuerdo con una distinta interpretación sí estarían reglados por la norma); si dichos supuestos no resultan reglados por otra norma del sistema, el sistema está lagunoso; entonces, la derrota produce una laguna. 3. Dicha laguna puede ser considerada axiólogica o normativa desde perspectivas interpretativas diferentes. Es decir, no se pueden distinguir las lagunas normativas de las lagunas axiológicas independientemente de la interpretación. Entonces incluso las lagunas normativas son variables dependientes de la interpretación: según una interpretación determinada hay una laguna normativa, mientras que según otra interpretación esta laguna milagrosamente desaparece, no subsiste en tanto laguna normativa, y entonces se convierte en laguna axiológica. 4. La derrotabilidad de las normas y las lagunas axiológicas dependen no de la presencia, en el sistema jurídico, de principios, como suponen algunos autores, sino de las valoraciones de los intérpretes, que a menudo toman la forma de «teorías» jurídicas o tesis dogmáticas: algo construido por los juristas antes e independientemente de la interpretación de uno u otro enunciado normativo específico.

Biografía del autor/a

Riccardo Guastini

Profesor emérito de Filosofía del Derecho en la Universidad de Génova - Italia

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Publicado

2020-08-24