textosv I 5
itextos
La Rectoria
Constitutional como
poder autoritario
Daniel Granda Arciniega*
Resumen
En este articulo, me propongo demostrar que la introduccion, en la Constitucion de la RepOblica, de la "rectoria" como atribucion
del Presidente es resultado de una concepci6n del poder bajo un sistema hiperpresidencialista, que al mismo tiempo que define
un estado de derecho, deriva en el ejercicio autoritario del poder. Analizo la rectoria en los espacios reales de la administracion
pablica, es decir, del poder del Presidente de la Republica, como jefe de gobierno: En el Plan Nacional de Desarrollo, en el
Presupuesto General del Estado, en los Gobiernos Autonomos Descentralizados, y en las Fuerzas Armadas. Termino descubriendo
el origen teorico e histOrico y los riesgos de la Rectoria Presidencial para la democracia y para los derechos de los ciudadanos y
la resistencia del pueblo en contra de un sistema politico autoritario.
Palabras clave
Rectoria, jefatura politica, estado de derecho jefe de estado, jefe de gobierno, presidencialismo reforzado, hiperpresidencialismo,
autoritarismo.
Abstract
In this article I intend to evidence that the introduction of the Constitution of presidency as attribution of the President is the result
of the power conception under a "hiperpresidencialista" system. At the same time defined a rule of law, this lead in an authoritar-
ianism exercise of power. I analyze the control in the real spaces of public administration therefore the power of the President of
the Republic as head of government: in the National Plan of Development, in the State Budget, in the Autonomous Governments
*
Granda Arciniega Daniel, Doctor en Filosofia por la Universidad de Santo Tomas, Roma, Italia; Magister en Sociologia Politica, Universidad Central del Ecuador;
Diplomado en Seguridad y Desarrollo en el Institute de Altos Estudios Nacionales del Ecuador; Profesor de Teoria Politica en la Escuela de Sociologia y Ciencias Politicas de
la Universidad Central; Profesor de varias Maestrias en las Universidades del Ecuador; y autor de varios libros sobre Ciencias Sociales.
Palabra de autor
16
and in the Army. Finally I discover the theory and
separado al Presidente de la RepUblica
historical source and the risk of the Presidential
y a los miembros de la Asamblea
rectory for the democracy and for rights of citi-
Nacional. Tanto al Presidente de la
zens and the population resistance against and
RepUblica como a la Funcion
authoritarianism system.
Legislativa, el pueblo le ha transferido
la soberania. En consecuencia, con la
eleccion por separado del Presidente de
la RepUblica y de los miembros de la
Keywords
Asamblea Nacional, el pueblo ha dado
origen a dos poderes que igualmente
Rectory, political leadership, rule of law, head of
recogen la soberania del pueblo. El ori-
state, head of government, presidentialism rein-
gen del poder Ejecutivo en la expresion
forced, hyperpresidencialism. authoritarianism.
directa de la voluntad del pueblo lo
convierte en Jefe del Estado, en Jefe
del Gobierno y en Jefe de la
1. El Presidente de la Rephlica
Administracion PUblica. Esta concep-
cion define el catheter presidencialista
como Jefe de Estado y Jefe de
de esta Constitucion. Este mecanismo
Gobierno
marca la diferencia con el sistema par-
lamentario, donde el gobierno no nace
a Constitucion del Ecuador del
directamente de la voluntad popular
2008 en su parte dogmatica
sino de la voluntad de la mayoria del
que contiene los Elementos
Parlamento.
L
Constitutivos del Estado, los
Derechos y las Garantias, es muy rica y
El presidencialismo de la Constitucion
generosa en introducir derechos y
del 2008 tendra serias alteraciones al
garantias. Sin embargo, estos derechos
asignarle al Presidente de la Republica
y garantias se neutralizan y hasta se
atribuciones legislativas especiales, en
anulan en la parte organica, donde se
perjuicio del legislativo. El presidencia-
determina la organizaci6n y ejercicio
lismo se refuerza cuando se debilitan o
del poder. La contradicci6n esta entre
eliminan los mecanismos de control
la existencia constitucional de derechos
politico por parte de la Asamblea
y garantias y la construccion constitu-
Nacional y de las instituciones de con-
cional de un sistema hiperpresidencia-
trol. El presidencialismo se fortalece
lista, altamente concentrador del poder,
cuando se producen y se permiten lec-
que deriva en el ejercicio autoritario del
turas aisladas de disposiciones consti-
poder.
tucionales, sin respetar otras disposi-
ciones constitucionales como aquella
El Titulo IV, Participacion y
contenida en el Art. 226, donde se
Organizacion del Poder, Capitulo
plantea que "las personas que acthen
Tercero, Funcion Ejecutiva, el Art. 141
en virtud de una potestad estatal ejer-
de la Constitucion dice: "La Presidenta
ceran solamente las competencias y
o Presidente de la Republica ejerce la
facultades que les sean atribuidas en la
Funcion Ejecutiva, es el jefe del Estado
Constitucion y la Ley." Decir, por ejem-
y de Gobierno y responsable de la
plo, que el Presidente de Republica, por
administracion pUblica". Con esta dis-
ser jefe del Estado, es tambien jefe de la
posicion, esta claro que si la soberania
Funcion Judicial y de todas las institu-
esta en el Estado y el jefe del Estado es
ciones del Estado, es una arbitrariedad
el Presidente de la Republica, la sobera-
y conduce a confusiones y conflictos
nia, en realidad, esta en el Presidente
muy graves dentro del sistema politico.
de la Republica. Con esto se ha cumpli-
Un elemental estudio de sociologia y
do aquella caracteristica del sistema
ciencia politica deberia concluir que el
presidencialista, donde existe la separa-
Estado es mucho mas que el gobierno
cion de poderes: El poder del pueblo, a
y, por tanto, lo de jefe de Estado tiene
tray& de las elecciones, ha elegido por
que ser asumido mas como representa-
Palabra de autor
text.
E
textos
cion protocolaria que como una jefatura administrativa real. Jefe de Estado no
1 Rousseau Jean Jacques, El
quiere decir que el Presidente de la Republica es jefe de la Funcion Legislativa,
Contrato Social, Ediciones Orbis,
1971, p. 198
de la Funci6n Judicial y de las otras funciones e instituciones del Estado sino
que es el representante del Estado, juridicamente, y donde cada funcion del
2 Ibid.
Estado actna por separado y en forma independiente.
3 Ibid., p. 199
El gobierno gobierna, es decir, el Ejecutivo gobierna, pero el Estado, como
4 Citado por Miliband Ralph, El
expresion del conjunto de todas las funciones e instituciones del Estado, es
Estado en la sociedad capitalista,
mucho mas que el gobierno. Rousseau, en el Contrato Social, dej6 muy claro el
Mexico, Siglo XXI, 1977, p. 51.Cf.
Mannheim Karl, Ideology and
tema de la soberania popular, del legislativo y del ejecutivo. "1.Que es, pues, el
utopia, New York, Harcourt, Brace
gobierno? Un cuerpo intermedio establecido entre los subditos y el soberano
and Co.,
1936
para su mutua correspondencia, encargado de la ejecucion de las leyes y del
mantenimiento de la libertad, tanto civil como politica... Llamo, pues, gobierno
o administracion suprema, al ejercicio legitimo del poder del ejecutivo, y princi-
pe o magistrado al hombre o al cuerpo encargado de esta administracion"'. El
gobierno, por tanto, es el conjunto de acciones que realiza el ejecutivo en cum-
plimiento de la ley y en beneficio de la libertad de los ciudadanos que se han
convertido en soberanos y en subditos al mismo tiempo. Solamente esta concep-
ci6n garantizaria el equilibrio de poderes. "Si el soberano quiere gobernar, o si el
magistrado quiere dar leyes, o si los subditos se niegan a obedecer, el desorden
sucede a la regla, la fuerza y la voluntad no actlian ya de consuno, y el Estado,
disuelto cae en el despotismo o en la anarquia".2 Rousseau, siguiendo a
Montesquieu en su concepcion sobre los hombres de que quien tiene poder tiene
la tendencia a abusar de el, dice: "Como el crecimiento del Estado da a los depo-
sitarios de la autoridad pUblica mas tentaciones y medios de abusar de su poder,
cuanto mas fuerza deba teller el gobierno para contener al pueblo, mas debe
tener a su vez el soberano para contener al gobierno. No hablo aqui de una fuer-
za absoluta, sino de la fuerza relativa de las diversas partes del Estado".3
En consecuencia, desde la teoria politica clasica y desde la historia politica rom-
per el equilibrio de poderes deriva en formas de gobierno autoritarias, en tirania
y en despotismo. Solo una mentalidad autoritaria y burocratica puede pensar
que por ser jefe del Estado puede transformar todos los problemas politicos en
problemas administrativos: "La tendencia fundamental de todo pensamiento
burocratico, dice Mannheim Karl, es trocar todos los problemas politicos en
problemas de administraciOn".4
2. El Presidente de la Republica en ejercicio de la Rectoria
El inciso segundo del Art. 141 le da al Presidente de la Republica "las atribuciones
de rectoria, planificacion, ejecucion y evaluacion". Es evidente que con esta dis-
posici6n se pretendia construir un presidencialismo reforzado. La atribuci6n de
planificacion, de ejecucion y evaluacion de los planes, programas y actos de
gobierno ha sido una atribucion tradicional del Ejecutivo, en cuanto jefe de
gobierno. La novedad de esta Constitucion esta en introducir la atribuci6n de
"rectoria". Los constituyentes no creyeron que era suficiente decir que el
Presidente de la RepUblica es responsable de la administracion publica, como
dispone el inciso primero del Art. 141 de la Constituci6n, con lo cual se le entrega
la atribucion de planificar, organizar, designar, ejecutar y evaluar las actividades
de la administracion pUblica. Creyeron necesario reforzar esta atribucion del
Presidente de la Republica con la novedosa atribucion de ejercer "rectoria". La
rectoria, segUn el Diccionario castellano Larousse, es "el oficio y la oficina del rec-
tor", en consecuencia, al introducir en la Constitucion este termino, se quiere
Palabra de autor
18
decir que el Presidente de la Republica,
de construir una sociedad ordenada,
por un lado, es el Rector, es decir, "el
donde existe, claramente, un jefe que
que rige o gobierna; el superior de un
manda y una sociedad subordinada que
colegio, comunidad, etc.; el parroco,
obedece. La relacion que se pretende
cura; el Superior de una Universidad".
construir es la de rector-alumno, la de
La introduccion de este termino conlle-
jefe-subordinado. El principio de la
va una concepci6n de la autoridad, que
rectoria tiene por objeto, por tanto, ale-
se ejerce en la sociedad no en forma
jar la idea de un Presidente debil y de
democratica sino autoritaria. El rector
la ausencia de autoridad. Por otro lado,
es la persona que manda, que ordena,
crear la idea de un Presidente fuerte y
que rige, que gobierna. El Presidente de
con toda la autoridad. Pretende des-
la Republica, como rector de la admi-
truir toda diversidad y todo pluralismo
nistracion publica, igualmente, manda,
y, por el contrario, construir la unidad y
ordena, rige, gobierna a la sociedad que,
la uniformidad politica en forma total-
supuestamente, esta compuesta por
mente concentrada. Este principio de la
menores de edad, que no saben, que
unidad politica, ejercida por la unidad
deben obedecer, que deben ser vigilados
de la rectoria, destruiria, supuestamen-
y, si es necesario, castigados. Por otro
te, los pluralismos, las autonomias, que
lado, la rectoria tambien es la oficina
se han convertido en anti-estatales y
del rector, es decir, donde todo el poder
anti-politicas, fuente de la atomizaci6n
esta concentrado. Por tanto, en el prin-
y del desmembramiento pluralista. El
cipio de rectoria esta presente una con-
principio de la rectoria, a la larga, fun-
cepcion de un hiperpresidencialismo,
ciona siempre y cuando exista una
que va mucho mas alla del presidencia-
sociedad con fuerte unidad, homoge-
lismo reforzado y se convierte en un sis-
neidad e identidad. Como esta homoge-
tema politico que le entrega poder exce-
neidad no existe en el Ecuador, desde el
sivo al presidente de la Republica.
Estado se la pretenders alcanzar con el
use de la coercion, de la fuerza, en
Con el principio de la rectoria, el
actos claramente autoritarios y de
Presidente de la Republica, en todas las
dominacion. Un ejemplo claro del ejer-
instituciones y en todos los sectores
cicio de la "rectoria presidencial" se dio
objeto de leyes, ha creado consejos,
en la aprobacion y ejercicio de la Ley
sobre los cuales ejerce la rectoria a tra-
Organica de Educacion Superior. Esta
y& de su delegado que ejercera la pre-
ley se aprob6 sin la participacion real
sidencia de dichos consejos, creando un
de la Asamblea Nacional y en su conte-
sistema politico de gran concentracion
nido se defiende la necesidad de que el
del poder en el Ejecutivo y bloqueando
Presidente de la Republica ejerza la rec-
toda posibilidad de real participacion
toria sobre el sistema de educacion
ciudadana. Con la aplicacion del princi-
superior a traves de la Secretaria de
pio de "rectoria", que tanto lo defiende
Educacion Superior, sin ninguna parti-
la SENPLADES, al momento de elabo-
cipaci6n real de los actores de la uni-
rar los proyectos de ley, se esta constru-
versidad ecuatoriana. Lo mismo paso
yendo una sociedad absolutamente
con la Ley Organica del servicio pUbli-
jerarquizada, al Inas claro estilo de una
co. Y, si todo esto fuera poco, el Art. 155
sociedad feudal, donde en la cUspide
dispone: "En cada territorio, la Presi-
esta el Senor Rector, Senor Presidente
denta o Presidente de la RepUblica
(Senor Feudal), y el resto es el pueblo
podra tener un representante que con-
que es vigilado para que obedezca y, de
trolard el cumplimiento de las politicas
ser necesario, sea castigado. "Vigilar
del Ejecutivo, y dirigird y coordinara las
para castigar" es el eje articulador de
actividades de sus servidoras y servido-
todas las nuevas leyes y de las nuevas
res pablicos". Este representante es
instituciones, a partir de la
diferente al Gobernador de la Provincia
Constitucion de 2008. La jerarquiza-
y, por tanto, se trata de un representan-
cion de la sociedad, debido a la aplica-
te con claras atribuciones disciplina-
cion del principio de la rectoria, preten-
rian, persecutorias y coercitivas.
Palabra de autor
text..
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E
textos
5 SENPLADES, Plan Nacional pare el
3.1. La Rectoria en el Plan Nacional de Desarrollo
Buen Vivir, 2009-2013.
El Presidente de la Repfiblica tiene la atribucion, segim el Art. 147,
numeral 4, de "Presentar al Consejo Nacional de Planificacion la pro-
puesta del Plan Nacional de Desarrollo para su aprobacion". Esta dispo-
sicion no es concordante con la contenida en el numeral 7 del mismo
articulo, donde se dispone: "Presentar anualmente a la Asamblea
Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de
Desarrollo y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el
alio siguiente". Sin embargo, bajo la concepcion de disminuir a la
Asamblea Nacional, en esta solo se presentan los "lineamientos funda-
mentales de las politicas y acciones que desarrollard durante su ejerci-
cio". Dado que, segim el Art. 279 de la Constitucion, el Presidente de la
Republica es el Presidente del Consejo Nacional de Planificacion, el
Presidente de la Republica se presenta a si mismo el Plan Nacional de
Desarrollo para su aprobaci6n. Tambien aqui se utiliza una ret6rica de
la participacion ciudadana, con el Unico proposito de evitar el control
por parte de la Asamblea Nacional. El Presidente Correa ha tenido ya
dos Planes de Desarrollo. El primero, 2007-2010, construido sobre la
propuesta del Plan de Gobierno, propuesta por el Movimiento Pais, para
la elecciones de 2006. Actualmente, esta vigente el Plan Nacional para el
Buen Vivir 2009-2013.5 La vision tecnocratica de este Plan se refleja en
todas las instituciones del Estado que han establecido el paradigma de la
"gestion por resultados." Lo grave es que se insista mas en los formula-
rios cuantificables que en la realidad misma de las personas, de su
autentico desarrollo y de las condiciones de la naturaleza. Lo interesante
es contraponer los objetivos del Plan con la realidad del Ecuador. Bajo
esta metodologia, podemos constatar que, luego de cinco anos de
gobierno, los indices de desarrollo han disminuido, empeorando las con-
diciones reales de vida de los ecuatorianos. Aunque el desarrollo deberia
crear seguridades para el Buen Vivir, los ecuatorianos vivimos en la mas
grande inseguridad frente al crecimiento del crimen organizado, que la
propaganda oficial trata de esconder.
3.2. La Rectoria a traves del Presupuesto General del Estado
Al Plan Nacional de Desarrollo se sujeta al Presupuesto General del
Estado. Bajo la concepcion de que el Presupuesto del Estado es un asun-
to tecnico, tal como lo planteaba el neoliberalismo en sus mejores tiem-
pos, el Art. 295 de la Constitucion hace todo lo posible para evitar que la
Asamblea Nacional intervenga en la formacion e, incluso, en la aproba-
cion del Presupuesto General del Estado. La ejecucion del Presupuesto
General del Estado, bajo el principio de la rectoria, plantea que no es
posible entregar recursos del Estado para que instituciones y sectores
diversos elaboren politicas y realicen acciones en contra del Estado. Los
recursos del Estado son destinados bajo la logica del amigo-enemigo.
Desde el criterio meramente presupuestario, la burocracia, incluidos los
militares y los policias, se convierten en subordinados del jefe del Estado
y del gobierno. A traves del Presupuesto General del Estado, que define
los ingresos y los egresos, el Presidente ejerce la rectoria con la determi-
nacion de los impuestos, donde la Asamblea Nacional, casi nada tiene
que decir; y donde se decide a quien beneficiar con la distribucion de los
recursos.
Palabra de autor
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3.3. La Rectoria en los gobiernos
midad con el Art. 261, subordinan, en
lo fundamental, a las competencias de
autonomos descentralizados
los gobiernos regionales (Art. 262),
provinciales (Art. 263), municipales
El proceso de descentralizacien, presio-
(Art. 264), de los distritos metropolita-
nado desde los organismos internacio-
nos (Art. 266) y parroquiales (Art. 267).
nales y desde los pueblos de provincias
A mas de esta subordinacion politica,
y ciudades marginadas, tuvo su maxi-
existe la subordinacien econ6mica.
m° desarrollo en la decada del 90 y en
Primero, se plantea que los gobiernos
la normativa constitucional de 1998. En
aut6nomos descentralizados generaran
el Ecuador, este proceso, tan
sus propios recursos financieros
sentido por los pueblos mar-
■11111111
-111111■
y aqui esta un problema fun-
ginados,
se confundi6
damental. La poblacian de
La poblaciOn
cuando desde la derecha
ciudades medianas y
Ad
politica de Guayaquil y
de ciudades medianas pequerias no esta en
desde el movimiento
capacidad economica de
indigena reclamaban
y pequenas no esta en aportar con impuestos
por autonomias. En
capacidad econornica de Para el desarrollo local.
este contexto, se reali-
Este fue el plantea-
zaron varias consultas
aportar con impuestos miento del Banco
populares provinciales
Mundial, que fracas6 en
y, por Ultimo, se intent!),
para el desarroll o0
la decada del ochenta y
con el Presidente Noboa,
local.
noventa y que esta
una Consulta Nacional de
Constituci6n, supuestamen-
autonomias, que fracas6. Con
te anti-neoliberal, lo reproduce
eso se Rego al tope del plantea-
en su totalidad. En segundo lugar,
miento de las autonomias. La derrota
los criterios de asignaci6n de los recur-
de este planteamiento auton6mico de la
sos del Estado central terminan siendo
derecha arrastr6 los planteamientos
subjetivos y discrecionales de la autori-
auton6micos de otros sectores, incluido
dad central y del mayor o menor some-
el indigena.
timiento a la rectoria ejercida por el
Presidente de la Republica.
La novedad de la Constitucion de 2008,
en este campo, es incluir como gobier-
nos aut6nomos descentralizados a las
3.4. La Rectoria en las Fuerzas
regiones, sin que estas existan en la
realidad (Art. 242) y abrir la posibili-
Armadas y la Policia Nacional
dad de formar "regiones autOnomas",
como resultado de la unidad de dos o
El Presidente de la Republica, en cali-
mas provincias con continuidad territo-
dad de jefe del Estado y de Gobierno,
rial (Art. 244). Ademas, se cae en una
"ejerce la maxima autoridad de las
ambigiiedad al entregarles "facultades
Fuerzas Armadas y de la Policia
legislativas en el ambito de sus compe-
Nacional y designara a los integrantes
tencias y jurisdicciones territoriales".
del alto mando militar" (Art. 147, 16).
(Art.24o) La profundizaciOn en esta
Las disposiciones constitucionales
direcciOn podria llevar a la conforma-
sobre las Fuerzas Armadas y la Policia
cion de un Estado autonomic° en con-
Nacional responden a la primera con-
tradiccion con el Estado unitario, que
cepcion del presidente Correa y de su
plantea la Constituci6n en el articulo
Movimiento politico sobre la fuerza
primero.
pablica. Begun esta concepci6n, en la
cual predomina el anti-imperialismo
Todo el planteamiento sobre la descen-
norteamericano, se constata que la
tralizacien y las autonomias queda en el
Fuerza Pablica esta controlada, en gran
aire de frente a las competencias exclu-
parte, por la Embajada de los Estados
sivas del Estado central que, de confor-
Unidos, a travel de muchos Convenios
Palabra de autor
textosv
itextos
de cooperaciOn. Por lo tanto, era necesario, por una lado, romper esos lazos de
unidad y, por otro, diferenciar entre Fuerzas Armadas y Policia Nacional. A las
Fuerzas Armadas, que ademas han participado como fuerza desestabilizadora de la
democracia, disminuirla en sus funciones y en su capacidad operativa. Desde esta
concepci6n se le quitan las atribuciones constitucionales de participar en el de-
sarrollo, de ser garantes del orden constitucional y de dedicarse a su "mision fun-
damental de la defensa de la soberania y la integridad territorial" (Art. 158). Y para
que el objetivo este muy claro, se determina que: "La proteccion interna y el man-
tenimiento del orden pUblico son funciones privativas del Estado y responsabilidad
de la Policia Nacional." (Art. 158). El objetivo era evitar que las Fuerzas Armadas
mantengan relacion con la poblacion civil, en especial con los sectores marginados
y con los indigenas, en actividades de desarrollo. Y, por otro lado, evitar que las
Fuerzas Armadas salgan a las calles a combatir la delincuencia y el narcotrafico y
se conviertan en fuerza de represi6n popular. Este objetivo constitucional se de-
sarrollard en la Ley de Seguridad PUblica y del Estado. Para ejecutar este objetivo
constitucional y legal y mantener a las Fuerzas Armadas en condiciones de baja
intensidad y de total control, el Presidente de la Republica designa como Ministra
de Defensa, por primera vez, a una mujer, dirigente del partido socialista, despues,
a otra mujer, que desconoce totalmente de los temas militares, luego, a un medico
que tampoco conoce de los problemas militares y, por Ultimo, a un poeta, que en
varias ocasiones habia expresado su pensamiento anti-militar. El objetivo, mante-
ner las Fuerzas Armadas en condiciones de baja intensidad. En estas condiciones,
con unas Fuerzas Armadas de baja intensidad y utilizadas para la gestion de algu-
nos sectores de la administracion pUblica, como el petrOleo con los marinos, y las
carreteras con el Cuerpo de Ingenieros del Ejercito, se produce la invasion del ejer-
cito colombiano en Angostura, marzo del 2008 y, luego, la rebelion de la Policia
Nacional, el 3o de septiembre de 2010, donde las Fuerzas Armadas deciden la per-
manencia del Presidente Correa en el poder.
Estos acontecimientos politico-militares generan un cambio en la concepcion ini-
cial del presidente Correa y se produce un retorno a los militares en condiciones
muy diferentes a las primeras y a las contenidas en la Constituci6n y en la Ley. El
nuevo rol de hecho de los militares es garantizar la democracia, apoyar el desarro-
llo, participar en la lucha contra la delincuencia y el narcotrafico, todo esto en
forma inconstitucional e ilegal. Problema muy serio, desde el punto de vista juridi-
co, para el futuro de los militares en estos nuevos roles. El Presidente de la
Republica, como el maxim° jefe de las Fuerzas Armadas, apresurado, incrementa
el presupuesto militar, sube los sueldos de los militares, visita los cuarteles y corn-
pra todo tipo de armas, aunque sean de segunda mano.
En esta nueva situacion, la Policia Nacional es una institucion desestabilizada, sin
identidad, sin estructura, sin mando, en claro proceso de deterioro. En estas con-
diciones, se puede entender la reacci6n del Presidente Correa de frente a las decla-
raciones que el Coronel de Policia Cesar Carrion dio sobre los acontecimientos del
3o de septiembre: "Yo soy to Jefe. TU eres mi subordinado". Este grito desde el
poder esta lleno de la exigencia de disciplina y de respeto a la jerarquia. Bajo el
principio de la rectoria, es inconcebible que un alumno, que un subordinado reali-
ce declaraciones en contra de lo que la autoridad dice que es verdadero y que se
convierte en la verdad oficial.
Mientras todo esto ocurre en un erratic() manejo del frente militar y policial, la
delincuencia organizada nacional e internacional y el narcotrafico se asientan en el
Ecuador, afectando gravemente la seguridad de los ciudadanos. Algunos especia-
listas en temas de seguridad han dicho que en el Ecuador funcionan las naciones
unidas del narcotrafico y del crimen organizado.
Palabra de autor
6 Fioravanti Maurizio,
4. El origen y los riesgos de la
Constitucion, la unidad del pueblo ale-
Constitucion. De la Antigiiedad a
man que el mismo Schmitt pensaba
nuestros dias, Madrid, Editorial
Rectoria Presidencial
Trotta, 2007, p.
153. Ver, Schmitt
que era esencial, como sabemos, para
Carl, La Dictadura, Madrid, Revista
la vida de la Constituci6n... Se debia
de Occidente,
1968.
El principio de la rectoria esta en clara
evitar que la crisis del conjunto de los
oposicion a las disposiciones constitu-
partidos y de la representacion politi-
cionales que han reconocido los dere-
ca del parlamento arrastrase consigo a
chos y garantias de las personas como
toda la Constitucion. Por el contrario,
sujetos diversos y que han permitido,
la Constitucion podia y debia conti-
precisamente, el reconocimiento del
nuar viviendo, recurriendo a la fuerza
pluralismo social y la participa-
representativa del presidente ele-
cion ciudadana. Por un lado,
gido por el pueblo, que
se ha reconocido el plura-
hubiera permitido, gracias
Schmitt
lismo social y, por otro
k al ejercicio de los
lado, se elimina dicho
expresa
—,,, amplios poderes
pluralismo, con el esta-
k extraordinarios atri-
blecimiento de la rec-
Ia idea autoritaria
buidos por el articulo
tona umca y altamen-
48 de la misma
de la primacia del Estado
to concentradora de
Constituci6n al
poder en el Presidente sobre la Constitucion, y Ia Presidente, mantener
de la Republica. Los
6 i
vivo no solo el princi-
dea de que el Estado
constituyentes, en la
pio politico de la uni-
practica, han enfrenta- esta representado por I
dad del pueblo ale-
do la parte dogmatica
man sino tambien el
del reconocimiento de
autoridad del
ordinario funciona-
los derechos con la parte
1
miento del Estado y de la
Presidente.
r
organica de la Constitucion,
burocracia, tambien ella
donde, en base de la organi-
conectada al Presidente,
zacion y el ejercicio del poder, se
como hemos visto, por las nor-
desconocen dichos derechos y se
mas constitucionales".6 Schmitt expre-
impone la rectoria como hecho de
sa la idea autoritaria de
dominacion. Estas disposiciones cons-
la primacia del Estado
titucionales y, sobre todo, esta practi-
sobre la Constituci6n, y
ca politica ecuatoriana, tienen su fun-
la idea de que el Estado
damento en la teoria politica de Karl
esta representado por
Schmitt, que plante6 una oposicion a
la autoridad del
los partidos politicos y a la democra-
Presidente. La conti-
cia parlamentaria, y que sostuvo que
nuidad histOrica del
la soberania la encarna el Estado y,
pueblo estaba dada por
dentro del Estado, el Ejecutivo. De tal
la fortaleza del Estado en la figura del
manera que el Estado se fortalecia,
Presidente, elegido por el pueblo. El
pero el Estado representado, cada vez
poder soberano, segUn Schmitt, tam-
mas, por un poder fuerte y unitario:
poco retorna a la soberania popular,
"En un ensayo de 1931 dedicado al
sino que el poder soberano es del
Guardian de la Constitucion, Schmitt
Estado pero en la figura del
piensa que el Presidente elegido direc-
Presidente. El Presidente es la expre-
tamente por el pueblo, a la luz de los
sion del poder soberano. El Presidente
articulos 130 y 46 de la Constitucion
es el soberano.
que lo ponia en la cumbre de la buro-
cracia —entendida como fuerza estatal
Con este planteamiento, Schmitt pen-
independiente y neutral-, representa-
saba que se podia abandonar la demo-
ba ahora, el solo, mas alla del parla-
cracia parlamentaria y adoptar el
mento gravemente dividido e incapaz
Estado autoritario, legitimado plebis-
de expresar un gobierno solido y dura-
citariamente, en el dictador. "Todos
dero, el elemento politico de la
los metodos plebiscitarios, y toda la
Palabra de autor
textos v
E
textos
legitimidad plebiscitaria necesitan un gobierno o alguna otra instancia autorita-
7 FijalkowskyRirgen, La trama ideolo-
ria".7 Esta concepcion es la que dard sustento teorico a los experimentos de
gica del totalitarismo. Analisis critico
de los componentes ideologicos en la
poder y de dominio mundial en el siglo XX, tan rechazados por sus efectos
Rosofia politica de Carl Schmitt,
desastroso en contra de la humanidad. Estamos frente a la construcci6n de un
Madrid, Editorial Tecnos, 1966,
sistema politico, donde el poder no tiene limites ni controles, es decir, ante la
p. 160
construccion de un sistema politico autoritario y totalitario.8
8 Ver la interesante obra de Arendt
Hannah, Los origenes del totalitaris-
El principio de la rectoria, que hemos analizado, aparece como la reproduccion
mo, Madrid, Alianza Editorial, 1982
del principio de la "jefatura (Fiihrung) politica", de la teoria politica de Schmitt.
9 Ver, el interesante estudio de
Fijalkowskikkgen, La trama ideologica
Para Schmitt, el sistema politico se constituye con tres subsistemas: La organi-
del totalitarismo, op. cit., pp. 235ss.
zacion de mando, de justicia y la administracion del aparato estatal; la autoad-
ministracion comunal y gremial del pueblo; y, finalmente, el partido imico. Se
10 Ibid., pp. 244ss
trata de un sistema politico integrado por el Estado, el Pueblo y el Movimiento o
11 Lukacs Georg, El asalto a la
Partido, y todos ellos bajo el caudillaje (Fiihrertum). El lider es jefe de Estado,
razon. Trayectoria del irracionalismo
jefe del Pueblo y Jefe del Movimiento. Entre estos tres factores del sistema poli-
desde Schelling hasta Hitler, Mexico,
tico, el movimiento, como expresion del jefe, es la fuerza cohesionadora, tanto
Ediciones Grijalbo, 1972, p. 532
del Estado, como del Pueblo. Por tanto, el Estado es un "organo del Jefe
12 Ibid., p.533
(Fiihrer) del movimiento".9 El esfuerzo de Schmitt para definir la jefatura, dife-
renciandola de las concepciones de autoridad tradicional, no tienen mucho
exit°, porque termina en una apologia de la jefatura y en definiciones tautologi-
cas y en un campo en el cual no se diferencia la jefatura de la tirania, de la arbi-
trariedad y del autoritarismo.13ajo esta concepci6n, la organizacion del Pueblo,
en sus distintas manifestaciones, adquirird, segon Schmitt, una "autonomia
posible en el marco de la jefatura politica". Los seguidores de esta teoria de
Schmitt la denominan "autonomia responsable", que, en definitiva, significa eli-
minar toda autonomia de las instituciones y de los sectores sociales, que luego
de una larga lucha consiguieron una autonomia con respecto al gobierno de
turno. La autonomia responsable se traduce en obediencia a la jefatura politica,
por tanto, no tiene nada de despolitizada sino todo lo contrario, significa una
gran politizacion, subordinada a la jefatura politica del lider.
Schmitt, segim el extraordinario estudio de Georg Lades, es el constructor de la
ideologia reaccionaria del fascismo. Schmitt comienza con la critica contra la
ideologia liberal y contra el sistema parlamentario, oponiendo liberalismo y
democracia, y vinculando la democracia de las masas con la dictadura. "La fina-
lidad de las aseveraciones de Schmitt, no es otra que desacreditar el parlamen-
tarismo democratico, poner de relieve corm este regimen lleva en su entrafia las
crisis y se halla superado por la historia, y, sobre todo, poner de manifiesto su
incompatibilidad con la democracia de masas"." La critica de Schmitt es a la
democracia liberal, al parlamento y a los partidos politicos. El parlamento se
convierte "en el escenario en que se dividen de un modo pluralista los poderes
sociales organizados". Representa una disolucion del Estado, del mismo modo
que, en su dia, el creciente poder de los principes representaba la disolucion del
Imperio aleman. Este estado de desintegracion, esta crisis permanente engendra
por si misma la necesidad del estado de excepcion, de la dictadura del presiden-
te del Reich"12. El diagn6stico negativo que hace Schmitt de la situaci6n de la
Palabra de autor
24
13 Fiorvanti Maurizio, op. cit., pp.
Republica de Weimar tiene como objetivo justificar la nece-
154-155
sidad de la dictadura, dice Lades. La construccion sociolo-
14 Arendt Hannah, op. Cit., p. 616
gico-juridica de Schmitt, que concibe la politica como rela-
ciones amigo-enemigo, por ser reduccionista, es extraordi-
nariamente pobre, vacua y de una gran arbitrariedad irra-
cionalista, continua Lukacs. Schmitt, con todas sus concep-
ciones en contra de la democracia, del parlamento y los par-
tidos politicos, con su antipartidismo, antipolitica y antipar-
lamentarismo, se convierte en una de las expresiones de la
irracionalidad y, por lo tanto, de los actos del asalto a la
razon, en favor de la dictadura y del fascismo.
Al planteamiento de Schmitt le respondio Hans Kelsen, para
quien, la Constitucion debe ser democratica: "Es democrati-
ca porque tiende a excluir poderes autocraticos, es decir,
poderes que buscan autolegitimarse, afirmar un fundamento
propio y distinto, distinto por su naturaleza de aquel de la
norma constitucional, que es por el contrario el anico funda-
mento, segim Kelsen, admisible en democracia. Desde el
punto de vista del regimen politico, se deduce que es demo-
cratic° el regimen que no sobrevalora ningun poder, que
reconoce todos los poderes a la norma constitucional".13
Estos fueron los temas del debate academic° y politico de la
primera mitad del siglo XX, como una reaccion al marxismo
leninismo y como propuesta a la crisis politica de Europa
occidental, especialmente, de Alemania. La historia se de-
sarrollo por el lado de la propuesta de Schmitt y condujo a
la construcci6n de las dictaduras de Mussolini y Hitler, con
resultados desastrosos para la humanidad. Destruida, mili-
tarmente, esta opcian para Europa occidental, se retomo el
planteamiento de Kelsen, en la segunda mitad del siglo XX,
como la via democratica para la organizacion de las socieda-
des y la reconstruccion del Estado Social de Derecho.
Lo sorprendente para America Latina y, especialmente, para
el Ecuador, es que los planteamientos de Schmitt se hayan
retomado un siglo mas tarde y que las logicas del amigo-
enemigo y de la jefatura politica, propias del fascismo, sean
retomadas e instauradas constitucionalmente, en nombre de
una propuesta supuestamente de izquierda. Las propuestas
reaccionarias de Schmitt, planteadas para superar las con-
cepciones marxistas y para enfrentar al marxismo-leninismo
de la Union Sovietica, y con resultados perniciosos para la
humanidad, hoy son retomadas, paradojicamente, por quie-
nes dicen ser revolucionarios y socialistas del siglo XXI. Si
estas son algunas de las propuestas alternativas, por supues-
to, no son de izquierda, y por su catheter autoritario y totali-
tario, el pueblo ha comenzado a reaccionar en contra.
Hannah Arendt, como mensaje final de su obra sobre el
totalitarismo, dice: "Initium ut essethommocreatusest."
"Para que un comienzo se hiciera fue creado el hombre":4
Esta confianza en la capacidad del hombre para reaccionar
ante sistemas politicos autoritarios y totalitarios, de dere-
cha o de izquierda, se basa en el espiritu de sobrevivencia
del hombre, como una ley natural y que, en use de su liber-
Palabra de autor
textos v l 5
otextos z.
tad, resiste y lucha contra quienes atentan en contra de sus libertades y sus vidas.
Las reacciones en el Ecuador, como la marcha del 22 de marzo de 2012, en contra
de un proyecto autoritario, son, precisamente, en nombre de la vida y la dignidad.
En esta marcha, se han visto enfrentadas, por un lado, la parte dogmatica de los
derechos y garantias de los pueblos indigenas, de la naturaleza y del pueblo en
general y, por otro lado, el poder organizado y concentrado en el Presidente de la
Republica, organizando contra-marchas y el Presidente de la Asamblea Nacional
autoclausurandola. El 22 de marzo de 2012, en el Ecuador, pasard a la historia
como el inicio de un enfrentamiento de los que perdieron el miedo a la rectoria, a
la concentraci6n del poder y al autoritarismo y la reacci6n desde el poder, garanti-
zado, ahora si, por las Fuerzas Armadas, con contra-marchas, canto y baile, pro-
ducto del nerviosismo, pero tratando de aplastar las marchas del pueblo indigena.
Bibliografia
• Arendt Hannah, Los origenes del totalitarismo, Madrid, Alianza Editorial, 1982
• Constituci6n de la Republica del Ecuador, 2008
• FijalkowskyJurgen, La trama ideologica del totalitarismo. Analisis critic() de
los componentes ideologicos en la Filosofia politica de Carl Schmitt, Madrid,
Editorial Tecnos, 1966
• Fioravanti Maurizio, Constitucion. De la Antigiiedad a nuestros dias, Madrid,
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• Lukacs Georg, El asalto a la razon. Trayectoria del irracionalismo desde
Schelling hasta Hitler, Mexico, Ediciones Grijalbo, 1972
• Mannheim Karl, Ideology and utopia, New York, Harcourt, Brace and Co.,
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• Miliband Ralph, El Estado en la sociedad capitalista, Mexico, Siglo XXI, 1977
• Rousseau Jean Jacques, El Contrato Social, Ediciones Orbis, 1971
• Schmitt Carl, La Dictadura, Madrid, Revista de Occidente, 1968
• SENPLADES, Plan Nacional para el Buen Vivir, 2009-2013
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