39
Crítica y Derecho: Revista Jurídica. Vol. 1(1), (julio-diciembre, 2020). pp. 39-48.
Crítica y Derecho
Revista Jurídica
e-ISSN 2737-6281 / p-ISSN 2737-629X
http://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/criticayderecho/index
Mirada Jurídica Social a los Derechos en los
Sistemas Educativos
Los derechos a la educación superior
The rights have to higher education
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
Abogado, Especialista en Contratación Pública. Abogado. Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
Ecuador.
Email: rodrigoalbuja@yahoo.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6012-348
DOI: https://doi.org/10.29166/criticayderecho.v1i1.2446
Recibido: 2020-03-18 / Revisado: 2020-04-28 / Aceptado: 2020-05-22 / Publicado: 2020-07-01
40
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
El derecho a la educación superior
RESUMEN
Este trabajo analiza los derechos que tienen las personas a la educación superior, en tal
sentido se realiza un amplio estudio de la normativa legal vigente en función de la realidad de
las universidades en el contexto ecuatoriano, como instituciones encargadas de la formación
profesional teniendo en cuenta los grandes aportes de las referidas instituciones en el
desarrollo de la sociedad. La investigación es de carácter teórico, de ahí que, recurre a la
aplicación de métodos de su naturaleza, entre los cuales se destacan el análisis y la síntesis
que permitieron reflexionar de manera crítica propositiva sobre la temática estudiada. Hay
que tener en cuenta que las exigencias de la sociedad actual denotan mayores desempeños
de las personas en los distintos ámbitos del conocimiento, en cuyo sentido la labor de las
instituciones de educación superior, entre estas la labor universitaria es fundamental por su
carácter académico y científico de abordar los procesos de construcción de conocimientos.
Los resultados de la investigación demuestran que la normativa legal vigente no alcanza a
las reales necesidades de las universidades, sin embargo, estas, a pesar de las limitaciones
prestan el servicio de calidad y excelencia educativa.
Palabras clave: derechos fundamentales, educación superior, conocimiento, desarrollo
social.
ABSTRACT
This work analyzes the rights that people have to higher education, in this sense a
comprehensive study of the current legal regulations is carried out based on the reality of the
universities in the Ecuadorian context, as institutions in charge of Professional training taking
into account the great contributions of the aforementioned institutions in the development of
society. The research is of a theoretical nature; hence, it resorts to the application of methods
of its nature, among which the analysis and synthesis stand out, which allowed A to reflect
critically on the subject matter studied. It should be borne in mind that the demands of today's
society denote greater performance of people in the different fields of knowledge, in which
sense the work of higher education institutions, including university work, is fundamental for
its academic and scientific nature. to approach the processes of construction of knowledge.
The results of the investigation show that the current legal regulations do not meet the real
needs of the universities, however, despite the limitations, they provide quality service and
educational excellence.
Keywords: fundamental rights, higher education, knowledge, social development.
INTRODUCCIÓN
Los derechos y su evolución tienen una historia dificultosa, que lleva consigo transgresiones
a la calidad humana, luchas sociales, pero también victorias colectivas. Para tratar este
aspecto desde lo más general, como fue, el contrato social con el nacimiento de la carta
magna, la declaratoria de los derechos humanos y del ciudadano y la declaración universal
de los derechos humanos, debemos considerar que los precursores que impulsaron estos
aspecto relevantes dentro del marco histórico, son aquellos que tenían una forma de
pensamiento reflexivo, crítico, que en su tiempo no declinaron su pensamiento y reconocieron
he identificaron que existía algo mal en la sociedad, una vulneración, una desigualdad, que
llevaba a las personas a sumirse en problemas sociales, falta de equidad.
En Ecuador la lucha de derechos debemos enlazarla a los primeros pasos del
constitucionalismo. La creación de garantías como pilar fundamental de una carta magna es
la evolución histórica dentro de la historia humana, pues su simple reconocimiento en un
mundo que miraba con ojos de desdén a los derechos ya era un gran paso, estas garantías
siempre tuvieron que estar resignadas a las conexiones de la estructura del estado. Este gran
41
Revista Jurídica Crítica y Derecho
1(1), pp. 39-48
vicio estatal, hasta la actualidad ha sido la piedra en el camino de la evolución del
reconocimiento de los derechos humanos.
Tratare de plasmar un pequeño orden cronológico de estos aspectos, comenzando por
el reconocimiento de derechos, que surgió por el siglo XIX, y se caracterizaba por ostentar
tendencias liberales-conservadoras o aserciones implícitas con derechos de libertad, junto a
derechos políticos muy básicos o socapados bajo el dominio estatal, posteriormente en los
periodos de 1929 hasta 1967, se puede visualizar una pequeña evolución que nació o se
promovía por el movimiento obrero y por los partidos y movimientos vinculados al socialismo,
con esta pequeña descripción evolutiva ya se puede identificar los dogmas es su forma más
primitiva, dentro de este aspecto señalare esta clasificación generalizada en tanto a los
derechos sociales, laborales, económicos y culturales, que alcanzan un avance un poco más
acentuada en el año 1998 y que ya podemos verlos esbozados en la constitución del mismo
año, que resalta más con la entrada en vigencia de la constitución de 2008, un neo
constitucionalismo moderno, que traía consigo un notable reconocimiento de la diversidad
cultural, con una característica de garantía de derechos pero todavía subsumida a la
estructura estatal, esto como marco de introducción al tema objeto de estudio.
La presente disertación analizara los reflejos actuales de los derechos a la educación
superior, desde la vigencia de la Constitución de la República del Ecuador (CRE) de 2008, se
observará principalmente la estructura educacional propuesta, con su paquete normativo, que
conlleva una serie de beneficios y retos, entre estos el reconocimiento del derecho a la
educación superior sobre toda la vida de las personas que se encuentren dentro del estado,
así como su desarrollo holístico. Dentro de esta arista del desarrollo normativo en la estructura
de la educación superior, se puede identificar ciertos objetivos explícitos, pues se buscaba
aplacar la irrupción de intereses individuales y corporativos que no deberían tener cabida en
la estructura educacional, ya que su punto de deliberación, está establecido más como un
servicio de interés público, que visibiliza la responsabilidad que tiene tanto el alumnado, la
planta de educadores así como los servidores administrativos institucionales. Si bien CRE
sitúa a la educación superior dentro del plan de desarrollo, a la misma vez socapa su
autonomía a índices que son casi inalcanzables, crea una serie de organismos públicos que
obstruyen el libre desarrollo de pensamiento encajonando a una forma de desarrollo
educativo de cartón, que lucha por notas, más que por entendimiento, y por títulos más que
por desarrollo de conocimiento.
El abandono que lleva el Ecuador sobre la protección de los derechos a la educación
superior se pensaba inagotable, con la CRE de 2008, se pasó de un ámbito de desprotección
a uno de sobreprotección, trayendo malestar a la planta docente y administrativa, este
abandono originó una costumbre a nivel burocrático de poco interés, que con la CRE se vio
obligada a trabajar en base a nuevas reglas de responsabilidad, así Pacheco (2009)
menciona e identifica que: “Un cambio curricular nos cuenta de maestros muy comprometidos
con la enseñanza e igualmente de los que se esfuerzan poco o nada, de burócratas que
promueven el cambio y los que se resisten” (p. 168)
Estos parámetros como resultado común del cambio dentro de este desarrollo evolutivo
educacional, pues se necesitaba un instrumento de protección de los derechos a la educación
superior, así lo menciona Alvear (2019) que: “para el ejercicio de estos derechos se requiere
de garantías como la igualdad de oportunidades y otras”. Es así que esta carta magna trajo
consigo estándares y lineamientos para la transversalización de la educación superior,
mediante ejes de igualdad de género; pueblos, nacionalidades e interculturalidad;
discapacidad; y ambiente, pues su propósito o ideal era fortalecer los procesos de
construcción de la igualdad, teniendo como fin último el compromiso por la conformación de
una sociedad garantista, democrática e incluyente y el reconocimiento del rol de liderazgo
que el sistema de educación superior buscaba con la transformación de las prácticas sociales.
42
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
El derecho a la educación superior
La promoción del ejercicio pleno del derecho fundamental a una educación de calidad a lo
largo de la vida que garantice la igualdad, la equidad y la inclusión, en correspondencia con
los objetivos de desarrollo sostenible, estos eran unos de los muchos objetivos que se
buscaba plasmar no solo en papel sino en la praxis del ejercicio pleno de los derechos.
Las malas prácticas en materia de educación superior, fueron la contraparte, que
desencadeno como fuente de inspiración y propósito esencial para la propuesta de los
cambios normativos que rige este ámbito, entre estos podemos destacar; las proliferaciones
de movimientos políticos externos que nada aportaban al desarrollo universitario; la gestión
administrativa casi obsoleta por parte del personal administrativo; y, la falta de compromiso
por parte de un porcentaje del personal docente que no cumplía con sus horas laborales,
estas peculiaridades provocaban violaciones tacitas a los derechos de los estudiantes. Las
malas costumbres educacionales en universidades estatales era ya parte de la vida cotidiana
del estudiante, con la vigencia de la CRE de 2008 estas trasgresiones a los derechos sufrieron
un golpe sociológico, si bien estábamos en frente del reconocimiento a los derechos de la
educación superior, se pasó a un ámbito opuesto con el llamado miedo a la represión, que
fue producto de la nueva legislación con tintes de control, que por una parte frenaron estas
malas prácticas, pero por otra instalaban un grillete caracterizado por la represión, es así que,
en la década perdida, el gobierno de turno, utilizó este medio para su conveniencia, con el fin
de controlar de manera absoluta a un cuerpo universitario que tenía sus fallas, pero que se
identificaba por la libertad de pensamiento, desarrollo de conocimiento y critica reflexiva.
Sin embargo, podemos rescatar el nacimiento del reconocimiento del derecho del
estudiante universitario, junto a la protección de la normativa legal correspondiente, que sirve
como medio por el cual exigir y reclamar el ejercicio de estos derechos y la defensa del bien
jurídico protegido, pese al control absoluto, que el gobierno de turno busque tener. Uno de
los factores que el cuerpo universitario nunca doblego, fue la permanencia de la libertad de
cátedra, que se daba con otra visión de enseñanza, que no era encajonada, sino que buscaba
el conocimiento y la crítica. Moliner (2009), menciona: “la educación puede ser una fuente de
reconocimiento de derechos y desde esa perspectiva contribuir a la construcción de
ciudadanía”, es así que el objetivo de un cuerpo universitario es siempre buscar altos
estándares de calidad, y desarrollo del pensamiento reflexivo.
DESARROLLO
Generalidades del derecho a la educación superior
Ramsden (1992), divide a las metas de la educación superior en dos: “a) las abstractas,
genéricas y de desarrollo personal, y b) las referidas al dominio del conocimiento disciplinario
incluyendo las habilidades y técnicas particulares que distinguen a cada profesión”, la primera
se centra en la autonomía que debe tener cada estudiante dejando a la educación superior
de elite como segundo plano y centrándose en la crítica constructiva innata de las personas,
pues el estudiante no avanzara en el desarrollo de nuevo conocimiento si no se le proporciona
una formación educativa inicial completa y no atada a estándares, si no a la búsqueda de
conocimiento, constituida de esta manera desde las primeras edades de la comprensión
holística de nuestro entorno y que genera en el estudiante, la motivación de superación. La
segunda meta, nos habla del manejo del conocimiento y la destreza que debe tener el
estudiante especializado en un cierto ámbito, para crear pensamiento crítico y proponer
mejoras al sistema o nuevas fuentes de conocimiento.
Normativa VS Búsqueda del conocimiento
Debemos reflexionar y preguntarnos si ¿la normativa coacciona la búsqueda de conocimiento
y la crítica constructiva?, bajo este análisis, podemos deducir que si bien la normativa brinda
un eje de protección a los derechos de la educación superior, en la praxis el control o
sobreprotección estatal conllevan a la represión educacional, bajo este punto de deliberación
43
Revista Jurídica Crítica y Derecho
1(1), pp. 39-48
se pone en estudio la necesidad de en una reforma normativa que salve la protección del
desarrollo del conocimiento y en una parte esencial del derecho de los estudiantes a la libre
reflexión, la búsqueda por un conocimiento con estándares industriales, va en contra del
principio constitucional de libertad de pensamiento, la búsqueda de conocimiento y la crítica
reflexiva.
Juárez (1997), refiere a que:
Las necesidades crecientes derivadas de la mundialización de la economía y de los
procesos de transmisión de la información plantean desafíos a todo el sistema de
educación superior, en particular, a las universidades públicas que siguen siendo los
centros de investigación y producción de conocimientos para el desarrollo (p. 9).
Es verdad que no todo lo anterior es bueno, ni lo actual tampoco, pero como estudiantes
e investigadores en busca del conocimiento, tenemos el deber de evolucionar a una
educación no solo de calidad, sino eficiente, eficaz y critica reflexiva. Estos propósitos son los
que se han acallado políticamente, mediante una mordaza legal y funcionalista a la
comunidad universitaria. Podemos ya visualizar de mejor manera que la represión estatal
forma parte de la coacción que origino los perjuicios de la década perdida dentro de los
derechos a la educación superior.
Tomando ese ámbito de reflexión y después del análisis anterior, diremos que la
normativa actual no es perfecta, pero es perfectible. Con referencia a lo mencionado y como
un punto del cual se caracteriza una educación de calidad, se puede rescatar el criterio que
exige a las universidades estatales trabajar por la búsqueda de la innovación y el desarrollo
tecnológico, aplicada de una forma y mediante un procedimiento que no vulnere derechos. El
objetivo para perseguir es evitar la coacción de los derechos que tiene cada estudiante de
elegir su futuro, su profesión, pues no nos sirve profesionales mediocres generados por un
sistema encasillado a la fuerza. La búsqueda de una opción más viable es necesaria,
debemos apostar por otras maneras de incentivar a los estudiantes a que sigan estas carreras
y no la forma impositiva por la cual es destacado cada gobierno, dejemos ya esas cotidianas
malas costumbres estatales, que se caracterizan por hacer uso del poder estatal para imponer
criterio.
Los derechos de la Educación Superior vs. subsistencia económica y normativa
En la actualidad otro punto con el que luchan las universidades estatales para defender
los derechos de la educación superior es la subsistencia económica, que depende en su
mayor medida del presupuesto general del estado y que cada año el gobierno de turno vela
para que ese rubro se disminuya, dejando entre la espada y la pared a la familia universitaria,
el Art. 356 de la CRE dispone: “La educación superior pública será gratuita hasta el tercer
nivel...”, esta declaración queda solo en el papel, pues si bien la gratuidad en universidades
estatales puede parecer gratuita, se aleja un poco de la realidad, de la crisis económica
permanentemente, no solo actual sino subsistente en los años de vida del Estado, es aque
dentro de la misma CRE, se crea una antinomia, con la expedición del Art. 357, que menciona:
“(...) Las universidades y escuelas politécnicas públicas podrán crear fuentes
complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica, invertir en la
investigación y en el otorgamiento de becas y créditos (...)”, de lo que resulta, que por un lado
metafóricamente exista la gratuidad educacional, pero a la vez, por otro lado se exija que el
peso del desarrollo y calidad de infraestructura como medio transcendental para el desarrollo
del conocimiento, se realice mediante una actividad comercial que no pertenece a la
naturaleza universitaria y que influye en la calidad de educación, es así que las universidades
estatales son destacadas por su desarrollo del conocimiento reflexivo, pero no por su
infraestructura como instrumento en el producto y desarrollo de la educación superior,
rompiendo el principio de acceso a la educación gratuita.
44
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
El derecho a la educación superior
De lo mencionado esta actividad comercial foránea e inconsistente en la naturaleza de las
universidades estatales, lleva consigo perjuicios a los derechos del estudiantado, esta opción
de autofinanciamiento, transgrede los derechos de los estudiantes al libre acceso a la
educación superior y produce en la universidades estatales un peso y obligación económica
no opcional que va contra del fin por el cual vive la universidad, pese a esto, el “Modelo de
Evaluación Externa”, que es manejado por el aparato institucional estatal, se sigue viendo
como instrumento base, para el proceso de evaluación de las universidades con fines de
acreditación, incluyendo veinte estándares y cuatro ejes entre estos: docencia, investigación,
vinculación con la sociedad y condiciones institucionales; donde las funciones sustantivas son
abordadas en función de tres dimensiones: planificación, ejecución y resultados, estos
parámetros aplicados a un realidad muy alejada del papel.
Caribe (2007), menciona:
La falta de convergencia en las políticas de educación superior en América Latina se
explica por la influencia de modelos muy diferentes y heterogéneos; existe una fuerte
divergencia en cuanto a lo institucional: desde grandes universidades hasta pequeñas
instituciones que, en algunos países de América Latina, se conocen como
universidades garaje (p 73).
La aplicación de estándares de desarrollo educacional, resulta ser nefasta con
universidades que no están a una altura internacional, que se encuentran con un peso
económico de autofinanciación para el cual no están preparados, pues no es su ámbito de
desarrollo, debemos reconocer que la búsqueda de estándares de calidad si es fundamental
pero tiene que venir su desarrollo del aparato estatal, no del índice comercial universitario,
pero la realidad, es decepcionante, la apuesta por una educación como ya he mencionado
queda en el papel, y no solo eso sino que cada o se incivilizada esta gratuidad con recortes
presupuestales, que no están acordes a una normativa que exige calidad de desarrollo de
infraestructura, como medio de calificación en la cualificación de la educación, peor aún en
universidades, que recién están queriendo desarrollarse, pero que sienten coartado toda
forma de desarrollo.
Esta falta de políticas públicas en torno a la verdadera aplicación de la gratuidad de la
educación superior en las universidades estatales, junto con el acatamiento de los parámetros
que deben seguir las mismas, se encuentran a disposición política del Consejo de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, que resulta ser un gran perjuicio al
desarrollo educacional, pues su fin no es la evolución de la educación superior sino la
sumisión al poder y disposición política del gobierno de turno .
Dejando a este órgano estatal la potestad absoluta del desarrollo de la educación
superior, es esta forma de coacción lo que obliga a que las universidades estatales cobren
servicios obsoletos para poderse financiar, un ejemplo de aquello es el conocido “derecho”,
como documento habilitante de algún trámite, seminarios pagados, entre otras, que vulneran
el acceso a la educación gratuita.
Es preciso tomar en consideración que el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior tiene como misión:
Regular, coordinar y planificar los procesos participativos de acompañamiento,
evaluación, acreditación y cualificación para garantizar el desarrollo y la calidad en las
instituciones de educación superior, enfocada en el equilibrio de la docencia, la
investigación e innovación y la vinculación con la sociedad.
Declaración que en poesía resulta maravillosa, pero que se aleja de la realidad en la praxis
por su naturaleza política, y que solo se podrá asentarse a la realidad con una reforma a la
Ley Orgánica de Educación Superior.
Analicemos entonces los aspectos mencionados que son tomados por el Consejo de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, como parámetros de calificación para
acreditar a las universidades, entre el aspecto que menos se apega a la realidad está la
45
Revista Jurídica Crítica y Derecho
1(1), pp. 39-48
infraestructura que se pide, por parámetros de altos estándares y desarrollo tecnológico,
parámetro por el cual las universidades públicas que requieran ingresos económicos
adicionales para el mejoramiento de infraestructura, deberán optar por diferentes formas de
recaudación de dinero para su presupuesto, pues el recorte económico anual consecutivo,
no presenta un índice favorable de aumento de dinero presupuestario para la educación
superior a futuro, por lo tanto las universidades públicas que no se presten al cobro de dinero
adicional por servicios que deberían ser gratuitos, están destinadas a una mala calificación y
aún peor, a desaparecer como institución.
El fin primordial que se debería buscar es que la normativa de control de la educación
superior en el Ecuador, regule y proteja los derechos de los estudiantes a la educación
superior, entre sus objetivos más importantes debería estar la exploración de un alto nivel
educativo que pueda llegar a un estándar de nivel internacional, igualmente se debería buscar
incentivar en los estuantes universitarios un pensamiento crítico y reflexivo de alto nivel, que
vaya de la mano con la guía del docente, pero que comprometa al estudiante a la búsqueda
de conocimientos innovadores.
Conforme lo expuesto resaltare la siguiente pregunta, ¿el Ecuador puede llegar a
nivelarse a la educación superior internacional?, de lo que diré que , ya que los traspiés que
sufre actualmente la educación superior dentro de un análisis integral pertenecen a su
formalidad y al problema de irrupción de la mano estatal, que más que ayudar, entorpece en
las universidades al desarrollo de la autonomía administrativa y al desarrollo del
conocimiento. Siempre con la vista al futuro, la educación superior debe evitar caer en errores
burocráticos y aprender de otros países el desarrollo de nuevos conocimientos, entre estos
desarrollos a nivel global, que buscan las necesidades de la sociedad, y que parten de esta
premisa para la especialización de la profesión, nueva tendencia por la cual se ha inclinado
el desarrollo del conocimiento, y que para lograr este objetivo, debería ir de la mano del apoyo
y la apuesta por la educación que tenga el estado y que es necesaria para su evolución, pues
por más conocimientos que tenga un especialista, si no se le ubica en un trabajo en el que
rinda su conocimiento, el dinero del estado invertido en el profesional, quedaría en un estado
de ejercicio obsoleto.
Esta propuesta de implementación de nuevos conocimientos debe ir adjunto a la
consolidación de las cualidades fuertes de la educación superior en el Ecuador, dentro de las
que se destaca la forma del pensamiento analítico y crítico, desarrollo de conocimiento
empírico y un gran manejo investigativo de tecnología con pocos recursos manejados y
proporcionados, que se resaltaron más en esta crisis sanitaria. Estas cualidades nacen del
desarrollo y evolución del conocimiento que el Ecuador, dentro de su historia ha podido
manejar, y que son resultado de la observación, comparación y discernimiento de ideas y
temas de manera crítica, que desarrolla habilidades del pensamiento que se pueden destacar
en un estudiante de una universidad estatal y que sirve como base en la comprensión
principios y generalizaciones, que ayudan en la disciplina que mantiene un alumno de alto
nivel, además de la mano con estos desarrollos cognitivos esta las habilidades técnicas y
estratégicas, que manejamos con solvencia, estos objetivos de enseñanza son los que se
deben reforzar en las organizaciones de educación superior así como de sus docentes.
Las malas prácticas de la educación superior, y la irrupción del gobierno, ha formado
parte de un ámbito habitual, muy proclive a la política, y con un gran bagaje de metas
indefinidas, que revelan dentro de las metas gubernamentales la enfatización de un
aprendizaje pasivo y formas de evaluación que demandaban sólo memorizar el material y un
nivel muy bajo de comprensión de los conceptos.
Es preciso preguntarse ¿El Estado que busca con su irrupción en la educación superior?,
para definir este ámbito debemos destacar que las características estatales en el Ecuador
son de acaparamiento o absolutismo junto con el silencio de pensamiento analítico, pudiendo
46
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
El derecho a la educación superior
ser estas características el motor de alcance que explicaría de alguna manera el accionar
histórico del estado dentro de la educación superior, es de este análisis que surge la siguiente
pregunta ¿Es necesario reformar la normativa regulatoria de la educación superior para que
esta sea apegada a la realidad?, la respuesta a esta inquietud, es un rotundo, pues la
necesidad social por una mejor educación superior está más que puesta en mesa de análisis,
para alcanzar este fin debemos denotar que el tipo de imposiciones estatales caracterizadas
del gobierno, ya no deben tener cabida en una educación libre, autónoma, evolutiva y
plurinacional.
El objetivo es adecuar el modelo de evaluación universitaria a la realidad, el desarrolló
de talleres de discusión a nivel nacional con la participación de representantes del Sistema
de Educación Superior (SES), es necesario, para discutir, recoger observaciones y
sistematizar aportes y propuestas realizadas por parte de la comunidad académica, de tal
manera que la norma de control refleje las soluciones a los problemas de la educación
superior actual, no solo a índices políticos.
En la actualidad las distribuciones de recursos se realizan considerando los porcentajes
de distribución calculados por la Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación (SENESCYT), mismos que se obtienen de la aplicación de la fórmula que califica
diferentes parámetros de cumplimiento de las entidades, estos porcentajes son remitidos
al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para su aplicación, porcentajes que en la realidad
no reflejan que la mayoría de universidades luchan cada año por cubrir estos parámetros
inalcanzables.
Por ultimo uno de los problema que sufre la educación superior y que esta enlazado a lo
que se mencionó anteriormente, es la deserción de estudiantes universitarios, pues si
obligamos a los estudiantes a seguir carreras que no se apegan a la vocación de cada
persona, siempre tendremos estos resultados, estas salidas espontáneas de un estudiante
matriculado que resultan en un perjuicio no solo al estudiante sino al país, pues la gratuidad
en la educación superior, no es más que una inversión que hace el país en la persona que
quiere superarse y educarse en un nivel superior, y su deserción resulta ser una inversión
perdida y un cargo monetario muy significante para el estado.
Los nuevos retos que tiene la educación superior deben ser tratados mediante una serie
de priorizaciones, puesto que son parte del desarrollo educativo superior garantizado por la
CRE y de los cuales se les debe destinar una parte del presupuesto general del estado, no
como inversión no redituable, sino como inversión económica redituable a largo plazo. Las
malas prácticas educativas que mantiene el gobierno en la historia universitaria y que a la
fecha todavía siguen siendo uno de los más grandes problemas que se han convertido en
lastre a la educación superior, deben eliminarse, de lo cual nace la propuesta de que se
reforme la actual normativa que controla este sector, como ya lo mencionamos mediante
conversatorios y consultas con las comunidades universitarias, para tratar de ver la mejor
aplicación y los perjuicios actuales en la aplicación de la normativa.
Entre estos nuevos retos de la educación superior, tenemos los avances tecnológicos,
que nos invitan a promover alianzas de las universidades con el sector privado, Hans de Wit
(2005), menciona que: “la cooperación científica y tecnológica está orientada a suministrar a
las universidades, centros de investigación y la empresa privada la sofisticación,
especialización y competencia requeridas por la nueva economía del mundo”, dentro de la
normativa ecuatoriana está contemplado la creación de carreras con modalidad a distancia,
que nacieron como alternativa a la realidad del Ecuador, pues la carga laboral de los
ciudadanos ecuatorianos es muy pesada, y no da la oportunidad para que estos puedan
estudiar y seguirse adiestrando en formación universitaria. Al respecto estas formas de
educación virtual abren las puertas de posibilidad al derecho a educación superior, y más aún
brindan menores costos de funcionamiento que la educación presencial, en este sentido la
norma vigente podría dar esta apertura así consta en la LOES en sus Arts. 147 y 148, en
47
Revista Jurídica Crítica y Derecho
1(1), pp. 39-48
donde establece que los centros de educación superior tendrán autonomía para definir sus
modalidades de estudio.
De igual manera debemos poner en análisis las determinadas becas para estudios
superiores en el exterior, pues si bien es una oportunidad que lo gana el estudiante, la realidad
nos ha demostrado que cuando regresa al Ecuador, con el gran conocimiento, de actividades
que todavía no se desarrollan, se pierde esta inversión estatal, ya que el estudiante con título
de posgrado del exterior de una especialización que no se explota en el Ecuador, tiene solo
opciones de aplicar su conocimiento, en emprendimiento de la actividad en la que se adiestro,
que para aquello necesitaría un gran insumo monetario, y que al final este objetivo no lo puede
realizar porque está endeudado en los créditos educativos, como última opción que se brinda
al profesional especialista en una materia que no surge todavía redito en el Ecuador, es
esperar años a que se desarrolle esa actividad en nuestro país, y hasta aquello optar por
trabajar en otro oficio, es ahí que encontramos otro de los tantos problemas que la educación
superior tiene por no estar apegada a la praxis.
Analizando la perspectiva económica actual y por la crisis monetaria que sufre nuestro
país, se debería invertir en becas al exterior sobre actividades económicas de las cuales, el
profesional de posgrado, en su regreso pueda aportar en nuestro país, y también apostar por
la educación universitaria nacional, incentivar becas nacionales de posgrado, sobre
actividades que brinden crecimiento a la matriz económica, que darán un mayor rédito y una
menor inversión, esos son las propuestas que se deben tomar en consideración para la
reforma a la norma de control.
Los nuevos retos que nos trae la norma acerca de desarrollo tecnológico deberían, como
menciona (Fassnacht, 2017), venir con “una nueva generación de políticas de educación
superior, una baja cobertura en educación superior impacta de forma negativa en las
posibilidades presentes y futuras de desarrollo económico, social y cultura” (p. 185), pues la
implementación en la educación superior de estas políticas es muy importantes. Esta
implementación de política pública no debería eliminar en el estudiantado el pensamiento
crítico, pues esta característica es transversal en todo el ámbito del conocimiento. Es
necesario dejar por sentado que el desarrollo tecnológico no debe confundirse con la
mecanización del conocimiento, ya que esta última quita el pensamiento reflexivo y encajona
el conocimiento en un ámbito que deja de lado el conocimiento holístico de la realidad,
sumergiendo al estudiante, en un ámbito que llega a un punto industrial, es ahí que este
proceso, lo podemos asemejar con la revolución industrial negativa, en el que existe factores
dentro de una actividad productiva, con la posibilidad del cambio de lo manual a lo
mecanizado, pero que cuando hablamos del conocimiento sale de esta esfera de
mecanización por ser un ámbito no compatible con este tipo de implementación, la
mecanización de conocimientos deja a un lado el desarrollo del pensamiento cognitivo, la
búsqueda de puntajes sin búsqueda de conocimiento no refleja la aprensión del mismo,
siendo el ejercicio de la profesión el único lugar donde se puede encontrar el resultado del
beneficio personal y social aprendido.
Por último, la búsqueda de la igualdad de género es la deuda social que debe
subsanarse, tanto en planta docente como en el acceso a la educación superior, sobre este
aspecto Ecuador-FLACSO (2014), menciona:
Sabemos que en el ámbito de la investigación profesional el índice de paridad está
muy lejos de convertirse en una realidad, de hecho, según los datos del atlas mundial
de igualdad de género en la educación, el 71% de los investigadores son hombres y
solo un 29% mujeres
Estos datos reflejan que debemos priorizar la implementación de este objetivo dentro de
la normativa pues se trata de pensar en “la necesidad de una educación basada en el respeto
48
Rodrigo Alejandro Albuja Quintana
El derecho a la educación superior
a la vida, la paz y a los derechos universales, de acuerdo con la sociedad que se pretende
alcanzar” (Castillo, 2015, p. 10)
CONCLUSIONES
La normativa que nació con la CRE 2008, si bien se caracteriza por ser garantistas en relación
con los derechos de la educación superior, también tiene un alto índice de control estatal,
dentro de la estructural educacional, que coacciona la evolución y desarrollo del pensamiento
como objetivo final de la educación superior.
La educación superior no busca la industrialización, sino la búsqueda del conocimiento, la
crítica y la reflexión.
La normativa que regula la educación superior tiene muchos órganos de control que, si bien
cumple con el objetivo de control, por otra parte, frena el libre desarrollo educacional.
La normativa pone estándares de alto nivel, respecto a estructura y administración de las
universidades que resulta imposible cumplirlos y que la falta de incentivo económico no ayuda
en su implementación.
Se necesita buscar una mejor manera de incentivación en los estudiantes, pues la imposición
estatal nunca funciono en el desarrollo del estudiantado, garanticemos una manera más
eficiente de implementación e incentivo de nuevas profesiones, llevando a otro ámbito de
evolución a la educación superior, con la implementación de nuevas tecnologías, que más
que una carga sea una forma de búsqueda de nuevos conocimientos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Alvear, M. N. (2019). Calidad de la Educación Superior y los Derechos de los Actores
de la Comunidad Universitaria. Quito: Universidad Andina Simón Bolívar.
Castillo Bustos, Marcelo y Montoya Rivera, Jorge (2015). dinámica ideo-espiritual de
la formación estético- pedagógica del docente. Alteridad, 10(2), pp. 190-204.
Caribe, I. I. (2007). Informe Sobre la Educación Superior en América Latina y el Caribe
2000-2005. La metamorfosis de la educación superior. Caracas.
Ecuador, R. d. (2014). Calidad de la Educación Superior y Género en América Latina.
Quito: Flacso.
Fassnacht, E. F. (2017). Una mirada a los desafíos de la educación superior en
México. Mexico: Innovación Educativa.
Guzmán, J. C. (2011). La calidad de la enseñanza en educación superior.
Hans de Wit, I. C.-A. (2005). Educación Superior en América Latina-La dimensión
Internacional. Banco Mundial.
Juárez, S. C. (1997). La educación superior en América Latina: perspectivas frente al
siglo XXI. México: política y Cultura.
María, G. A. (2009). Perspectivas de la educación en América Latina 2. Quito: Flacso.
Pacheco, A. L. (2009). Educación y Cultura Resistencia al cambio. México.