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Revista Jurídica Crítica y Derecho
Factores inicdentales de conducta de los agentes de seguridad penitenciaria…
meticulosos con las personas que cuidan, pero permiten que la gente se lastime,
sobre todo para prevenir que a ellos los hostiguen.
Por su parte los ex ASP denominan la actividad como una carrera que les
generaba un trabajo estable añorando otra profesión. Dentro del Centro de
Rehabilitación Social no se podía estar en paz, siempre se tiene que mantener en
firme, son días cansados, los problemas siempre están a la orden del día. No era
necesario una preparación física, más bien solamente las ganas de trabajar, la gente
se portaba mal porque nosotros hacíamos nuestro trabajo, situación que les
revoloteaba la cabeza y les impedía mantener una relación social con sus amigos,
vecinos y familiares.
Los actuales ASP refieren que a los PPL se los observa como a una persona
que cometió un delito, que lo pudo haber realizado en contra de alguna de sus
familiares y por ello está pagando, existe consciencia por su parte que es un trabajo
que requiere mucho esfuerzo y dedicación y de la misma manera son conscientes de
que es un trabajo de paso, si existiese alguna regulación en sus jornadas de trabajo
sería hermoso por su familia, ya que pudieran compartir más en el ámbito social que
laboral, lastimosamente para estos trabajan porque es lo que hay.
La fuente de información adquirida y que permite verificar cuales son los factores
que conllevan a los ASP del Centro de Rehabilitación Social de Loja, a mantenerse
firmes a su propia labor, una profesión con sueldo estable, no muchas veces
gratificante debido a sus altas jornadas de trabajo se muestran con sentimiento de
mal humor, antipatía, intocable, pesado, mal genio, falta de respeto ante las
respuestas emocionales y físicas de los privados de libertad, pero con una clara idea
de que no pueden realizar una libre circulación, sin preocupación de la vida del privado
de libertad.
El presente trabajo permite evidenciar las necesidades que el Ministerio de
Justicia Derechos Humanos y Cultos en coordinación con los departamentos
psicológicos y de entorno social de los distintos Centros Carcelarios cuiden
psicológicamente a sus guías penitenciarios pues el efecto más peligroso es el que
se les produce el estar encerrados en algunas ocasiones por más de 10 horas
consecutivas, y sin poder buscar salida a un descanso. Entre la finalidad del sistema
y la normativa penal ecuatoriana, sobre las personas que guardan condenas en los
centros de rehabilitación social a nivel nacional, constitucionalmente se encuentra
normado que únicamente son los centros de rehabilitación social y los de detención
provisional los centros que forman parte del sistema de rehabilitación social y estarán
autorizados para mantener a personas privadas de la libertad, generando de esta
manera una sensibilidad con la realidad que les toca vivir a las personas que presta
sus servicios en estos reclusorios. Valorar sus actos con custodios de la ley, sin juzgar
del porqué de su conducta, entender que uno es quién permite ser y por sobre todo
que detrás de un agente penitenciario atacado y repudiado, existe en ellos también
una privación de su libertad, se les ha cuartado el derecho de llevar una vida digna y
esta deficiencia responsabiliza también al estado respecto a su pobre formación, poca
dotación, exigencia en demasía y una familia que anhela atención de aquel que pone
en riesgo hasta su vida por cumplir el rol por el cual se encaminó.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Almeida, L. (2017). Mujeres con pena privativa de libertad: ¿quiénes son y cómo viven
en una cárcel de Ecuador? URVIO Revista Latinoamericana de Estudios de
Seguridad, (21), 240-256.