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Revista Jurídica Crítica y Derecho
4(6), pp. 74-88.
teletrabajador, fomento al teletrabajo, teletrabajo para población vulnerable, jornada
laboral, sueldos y salarios, horas extraordinarias, derecho a la desconexión digital,
incumplimiento del empleador, suspensión del teletrabajo, capacitación, sistema de
control y derecho a la intimidad, protección de la información laboral y fiscalización.
(Toledo, 2021)
Chile: desde el 01.04.2020 rige la Ley 21.220 publicada en el Diario Oficial el
2603. 2020, que modificó el Código del Trabajo en materia de trabajo a distancia.
(Organización Internacional del Trabajo), no obstante excluye de su legislación lo
siguiente: objetivo de la ley, definición de teletrabajador, fomento al teletrabajo,
sueldos y salarios, horas extraordinarias, retorno a presencial, incumplimiento del
empleador, responsabilidad elementos, suspensión del teletrabajo, compensación de
gastos, sistema de control y derecho a la intimidad, protección de la información
laboral, fiscalización. (Toledo, 2021)
Colombia: promueve el teletrabajo como un instrumento de generación de
empleo y autoempleo en el ámbito laboral para aprovecharse de las ventajas que trae
las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs); pero a su vez no
contempla en su legislación muchas cosas, el derecho a la desconexión digital,
sanciones y multas al incumplimiento del empleador las obligaciones establecidas por
ley, tampoco la responsabilidad en las mantenciones y reparaciones de los elementos
de trabajo, la suspensión del teletrabajo; la compensación de gastos, capacitación,
sistema de control y derecho a la intimidad y protección de la información laboral.
(Organización Internacional del Trabajo) (Toledo, 2021)
Ecuador: el teletrabajo es una de las cuatro modalidades de trabajo que se
aplican ante la emergencia sanitaria por coronavirus en el Ecuador, junto a la
reducción, modificación o suspensión de la jornada laboral. (Organización
Internacional del Trabajo); pero no se prevé definición de teletrabajador, fomento al
teletrabajo, teletrabajo para población vulnerable, derechos y obligaciones, derecho
a la desconexión digital, incumplimiento del empleador, elementos de trabajo,
mantenciones y reparaciones, suspensión del teletrabajo, compensación de gastos,
capacitación y fiscalización. (Toledo, 2021)
Paraguay: con motivo de la pandemia, establece la legalidad del teletrabajo
como modalidad para empresas públicas y privadas durante el período de
emergencia, pero no define al teletrabajador; no precisa el pago de horas
extraordinarias; no contempla el derecho a la desconexión digital; no especifica cómo
se debe hacer el retorno a trabajo presencial; no contempla sanciones al
incumplimiento del empleador, no incluye las compensaciones de gastos, ni un
sistema de control y derecho a la intimidad. (Organización Internacional del Trabajo)
(Toledo, 2021)
Perú: el trabajo remoto no se concibe como una modalidad especial de
prestación de servicios del teletrabajo, toda vez que esta figura tiene un distintivo, el
consentimiento del trabajador para su implementación. Mientras que el trabajo remoto
surge como resultado de las circunstancias excepcionales del Estado de emergencia
sanitaria, para prevenir el contagio de las personas. (Organización Internacional del
Trabajo); por lo tanto, la legislación peruana no contempla el fomento al teletrabajo,
jornada laboral, horas extraordinarias, derecho a la desconexión digital,
incumplimiento del empleador, mantenciones y reparaciones, suspensión del
teletrabajo, capacitación, sistema de control y derecho a la intimidad, protección de la
información laboral y fiscalización. (Toledo, 2021)
En base a la investigación compilada se desprende que Argentina proporciona mayor
cobertura de beneficios y resguardo de derechos para los teletrabajadores, Colombia