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Crítica y Derecho: Revista Jurídica. Vol. 5(8), (enero - junio, 2024). pp. 61-73.
Crítica y Derecho
Revista Jurídica
e-ISSN 2737-6281 / p-ISSN 2737-629X
https://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/criticayderecho/issue/view/297
La participación política desde la equidad, el género y la
democracia
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de
embriones y maternidad subrogada
The rights and obligations derived from embryo freezing and
surrogate motherhood
Miguel Angel Lopez Trejo
Máster en Derecho Fiscal. Alumno del doctorado en Ciencias Jurídicas Universidad INECUH
Tizayuca Hidalgo. México.
dubres13@yahoo.com.mx
https://orcid.org/0009-0005-8926-9165
https://doi.org/10.29166/cyd.v5i8.5953
Recibido: 2023-09-01 / Revisado: 2023-10-06 / Aceptado: 2023-11-02 / Publicado: 2024-01-01
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Miguel Angel Lopez Trejo
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
RESUMEN
El congelamiento de embriones y la maternidad subrogada son temas que han generado
polémica en México y en el mundo, ambos tienen implicaciones éticas, legales y sociales que
deben ser consideradas, en este artículo se abordarán los derechos y obligaciones derivados
de estas prácticas, desde una perspectiva histórica, conceptual y normativa, para comprender
mejor los retos y oportunidades que enfrenta la sociedad en estos temas. El congelamiento
de embriones y la maternidad subrogada son prácticas que han ganado popularidad en el
mundo, pero también han generado controversia y desafíos éticos, legales y sociales, en
México, la regulación de estas prácticas ha sido limitada y ha generado incertidumbre para
los pacientes, los donantes y las madres subrogadas, es necesario que se establezcan
regulaciones claras y justas que protejan los derechos de todas las partes involucradas y
promuevan la equidad y la justicia social, un enfoque global y justo en la regulación de estas
prácticas es fundamental para asegurar su uso ético y responsable.
Palabras Claves: congelamiento de embriones, maternidad subrogada, derechos,
obligaciones, México, mundo, ética, legalidad, sociedad.
ABSTRACT
Embryo freezing and surrogacy are topics that have generated controversy in Mexico and in
the world. Both have ethical, legal and social implications that must be considered. This article
will address the rights and obligations derived from these practices, from a perspective.
historical, conceptual and normative perspective, to better understand the challenges and
opportunities that society faces on these issues. Embryo freezing and surrogacy are practices
that have gained popularity around the world, but have also generated controversy and ethical,
legal and social challenges. In Mexico, the regulation of these practices has been limited and
has generated uncertainty for patients. donors and surrogate mothers, it is necessary that
clear and fair regulations be established that protect the rights of all parties involved and
promote equity and social justice, a global and fair approach in the regulation of these
practices is essential to ensure their ethical and responsible use.
Keywords: embryo freezing, surrogacy, rights, obligations, Mexico, world, ethics,
legality, society.
INTRODUCCIÓN
La maternidad subrogada y el congelamiento de embriones son temas de actualidad que
generan un debate jurídico, ético y social, estos procedimientos reproductivos plantean
cuestiones sobre los derechos y obligaciones de los sujetos involucrados, como los donantes
de material genético, la madre sustituta, el producto y la sociedad en general, la reproducción
asistida ha revolucionado la forma en que entendemos la paternidad y la maternidad. Con el
advenimiento de tecnologías como la maternidad subrogada y el congelamiento de
embriones, las personas tienen ahora más opciones que nunca para formar una familia.
La maternidad subrogada y el congelamiento de embriones son dos procedimientos que
han cambiado drásticamente el panorama de la reproducción humana, estos avances
tecnológicos han abierto nuevas posibilidades para las personas que desean tener hijos, pero
también han planteado importantes cuestiones éticas, legales y sociales más que nada por
los desafíos las concepciones tradicionales de la paternidad y la maternidad, y han llevado a
la necesidad de nuevas leyes y regulaciones, sin embargo, la rápida evolución de la
tecnología a menudo supera la capacidad de la sociedad para adaptarse, lo que puede llevar
a conflictos y desafíos sin precedentes.
Sin embargo, estas tecnologías también plantean importantes cuestiones éticas,
legales y sociales que deben ser abordadas, la maternidad subrogada, en la que una mujer
lleva un embarazo en nombre de otra persona o pareja, plantea cuestiones sobre los
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derechos y obligaciones de todas las partes involucradas, n la que una mujer lleva un
embarazo en nombre de otra persona o pareja, ha permitido a muchas personas y parejas
que de otra manera no podrían tener hijos, cumplir su sueño de formar una familia. Sin
embargo, este procedimiento también ha generado controversia. ¿Quién tiene derecho a
tomar decisiones sobre el embarazo y el parto? ¿Qué sucede si la madre subrogada cambia
de opinión? ¿Y qderechos tiene el niño que resulta de este acuerdo? ¿Quién tiene derecho
a tomar decisiones sobre el embarazo y el parto? ¿Y qué derechos tiene el niño que resulta
de este acuerdo?
En cuanto al congelamiento de embriones, que permite a las personas preservar su
capacidad reproductiva para el futuro, plantea sus propios desafíos, ya que por otro lado, ha
permitido a las personas preservar su capacidad reproductiva como derecho humano
primordial de buscar dejar descendencia para el futuro, este procedimiento ha sido
especialmente beneficioso para las personas que se someten a tratamientos médicos que
pueden afectar su fertilidad, como la quimioterapia. Sin embargo, el congelamiento de
embriones también plantea importantes cuestiones éticas y legales. ¿Quién tiene derecho a
decidir qué se hace con estos embriones en el futuro? ¿Y qué sucede con los embriones que
no se utilizan?
Estas son solo algunas de las cuestiones que se abordarán en este trabajo, a través de
un análisis de los antecedentes históricos, la conceptualización y el marco legislativo de la
maternidad subrogada y el congelamiento de embriones, así como las problemáticas de
derechos y obligaciones en México, derivando una cuestión legal del encuadre de la situación
del caso a la legislación sobre la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones
varía de un estado a otro, ya que algunos estados permiten y regulan estos procedimientos,
mientras que otros los prohíben, esta variación en la legislación puede crear confusión y
dificultades para las personas que desean utilizar estos procedimientos, por lo que este
trabajo busca arrojar luz sobre estos temas complejos y en constante evolución.
Este estudio se propone para explorar en profundidad estas cuestiones, proporcionando
un análisis de los antecedentes históricos, la conceptualización y el marco legislativo de la
maternidad subrogada y el congelamiento de embriones, así como las problemáticas de
derechos y obligaciones en México a través de este análisis, esperamos arrojar luz sobre
estos temas complejos y en constante evolución, y fomentar un debate informado y
equilibrado sobre la reproducción asistida.
En última instancia, el objetivo de este trabajo es fomentar un debate informado y
equilibrado sobre la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones. A medida que
la ciencia y la tecnología continúan avanzando, es crucial que nuestras leyes, políticas y
actitudes sociales evolucionen para reflejar estas realidades cambiantes, solo a través de
este tipo de discusión abierta y reflexiva podemos esperar navegar por las aguas a veces
turbulentas de la reproducción asistida de manera justa y ética, el congelamiento de
embriones, por otro lado, implica la preservación de embriones en un estado criogénico para
su uso futuro de este procedimiento y que puede ser beneficioso para las personas que
desean posponer la paternidad, así como para aquellas que se someten a tratamientos
médicos que pueden afectar su fertilidad.
En México, la legislación sobre estos temas varía de un estado a otro. Algunos estados
permiten y regulan la maternidad subrogada, mientras que otros la prohíben. El
congelamiento de embriones también está sujeto a regulaciones, y los centros de fertilidad
deben cumplir con ciertas normas para ofrecer este servicio por lo que en este trabajo se
abordarán los antecedentes históricos, la conceptualización y el marco legislativo de la
maternidad subrogada y el congelamiento de embriones, así como las problemáticas de
derechos y obligaciones en México.
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Miguel Angel Lopez Trejo
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
Mi objetivo es contribuir a un entendimiento más profundo de estos temas, y ayudar a informar
las decisiones de las personas que están considerando estos procedimientos, así como las
políticas y leyes que los regulan, creo que solo a través de este tipo de discusión abierta y
reflexiva podemos esperar navegar por las aguas a veces turbulentas de la reproducción
asistida de manera justa, ética y acordes a las problemáticas de evolución de pensamiento
de la sociedad en un marco reflexivo en forma axiológica, siempre ponderando lo más
favorable conforme a la protección del derecho Humano en todos los ámbitos.
DESARROLLO
Marco histórico de la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones historia
en el mundo a través de los tiempos
La maternidad subrogada es una práctica que ha existido en diversas culturas y épocas a lo
largo de la historia de la humanidad, aunque con diferentes modalidades y motivaciones, se
cree que la primera referencia histórica a la maternidad subrogada se encuentra en la Biblia,
en el relato de la historia de Abraham y Sara, quienes, ante la imposibilidad de Sara de tener
hijos, recurrieron a su esclava Agar para que esta les diera un hijo, quien fue llamado Ismael,
en la antigua Grecia, se conocía la costumbre de que las mujeres estériles pudieran ser
fecundadas por el esposo con la ayuda de una mujer que actuaba como mediadora, en la
cultura romana, las mujeres también podían solicitar la ayuda de una sustituta para llevar a
cabo la gestación.
En la Edad Media, la práctica de la maternidad subrogada se mantuvo en algunas
culturas, aunque en general se consideraba inmoral, en el siglo XVIII, la práctica volvió a ser
objeto de interés en Europa, y fue en el siglo XX cuando comenzó a desarrollarse como
técnica de reproducción asistida, desde aquellos tiempos, la maternidad subrogada ha ido
evolucionando y adaptándose a las nuevas tecnologías y a los cambios sociales y culturales
de cada época, dando pauta al siglo XXI, en el que la maternidad subrogada ha
experimentado un auge sin precedentes gracias a los avances en la medicina reproductiva,
con la aparición de técnicas como la fertilización in vitro ha permitido que la maternidad
subrogada se convierta en una opción viable para muchas personas que, por diversas
razones, no pueden concebir de forma natural.
En la actualidad, la maternidad subrogada es una técnica de reproducción asistida que
se encuentra regulada por las leyes de cada país, con diferentes enfoques y requisitos
dependiendo de la legislación de cada lugar, ya que la globalización y la creciente aceptación
de diversas formas de familia han llevado a un aumento en la demanda de maternidad
subrogada, sin embargo, esta práctica sigue siendo objeto de debate y controversia, mientras
que algunos ven en ella una solución a problemas de infertilidad, otros cuestionan las
implicaciones éticas y morales que conlleva.
El congelamiento de embriones, también conocido como crio preservación de
embriones, es un procedimiento que se desarrol en la década de 1980, antes de este
procedimiento, la fecundación in vitro se realizaba en fresco, lo que limitaba las posibilidades
de éxito en la reproducción asistida y esto permitió a los médicos y pacientes tener más
flexibilidad en el tiempo y en la planificación de los ciclos de tratamiento, los embriones
sobrantes de un ciclo de la fertilización in vitro (FIV), pueden ser congelados y almacenados
para su uso en futuros ciclos de tratamiento, esto significa que si un ciclo de (FIV) no tiene
éxito, o si una pareja desea tener otro hijo en el futuro, pueden usar los embriones congelados
sin tener que pasar por la estimulación ovárica y la recuperación de óvulos de nuevo.
El primer embarazo exitoso con un embrión congelado se reportó en 1984 en Australia,
y desde entonces, la técnica ha sido utilizada en todo el mundo como una forma de ayudar a
las parejas a tener hijos, a medida que la tecnología ha avanzado, el congelamiento de
embriones se ha convertido en una técnica de reproducción asistida cada vez más popular.
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Hoy en día, es común en muchos países donde (FIV) está disponible, algunos países como
Estados Unidos, el congelamiento de embriones se ha utilizado ampliamente en el campo de
la investigación médica y en la producción de animales de granja en el marco territorial de
otros países, la técnica se ha utilizado principalmente para la fertilización in vitro, para ayudar
a parejas con problemas de fertilidad a concebir.
Cabe señalar que aunque el congelamiento de embriones se ha vuelto común en
muchos países, todavía hay algunas naciones que prohíben la práctica por razones
éticas o religiosas
En México, la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones no tienen una
larga historia ya que en el año 2004, la Ciudad de México permitió la maternidad subrogada,
la Ciudad de México, como Distrito Federal en ese entonces, aprobó en su ley sustantiva civil
articulados que permitía la práctica de la maternidad subrogada con ciertas restricciones y
bajo ciertas condiciones, en las cuales estas reglamentaciones mencionaban técnicas de
Reproducción Asistida del Distrito Federal establecía que solo se permitía la gestación
subrogada en casos de imposibilidad médica de la mujer para llevar a cabo un embarazo, y
que solo se podía realizar con el consentimiento de todos los involucrados, es decir, la pareja
que proporciona el material genético, la madre sustituta y la institución médica que llevará a
cabo el proceso.
Además, la ley establecía que la madre sustituta no tendría derechos sobre el producto
de la gestación, y que el registro del recién nacido debería realizarse a nombre de los padres
biológicos, la ley también establecía que el contrato entre los padres biológicos y la madre
sustituta debía ser elaborado por escrito y ratificado ante notario público, pero omitía una de
las cuestiones principales, como es determinar primeramente lo que debe entenderse por
método de reproducción asistida, es importante hacer mencionar que esta ley solo era
aplicable en el Distrito Federal y no en el resto del país, por lo que la maternidad subrogada
seguía siendo un tema de controversia y debate en el ámbito legal y ético.
En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció al respecto,
declarando que la prohibición de la maternidad subrogada en todo el país era inconstitucional
y limitaba el derecho humano a la reproducción o a ser padre o madre, pero este
pronunciamiento tuvo que ver con la adecuación de la ponderación de los derechos y
obligaciones que quedaban sin distinción del producto y su vínculo con su origen por lo que
desde entonces, se han presentado diversas iniciativas y proyectos de ley para regular la
práctica de la maternidad subrogada en México a nivel nacional.
Actualmente, solo algunos estados permiten la maternidad subrogada con ciertas
restricciones, sino que se encuentra regulada por las leyes de cada estado, sólo los estados
de Tabasco, Sinaloa, Coahuila, San Luis y Aguascalientes permiten la maternidad subrogada,
siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se realice de forma altruista, es decir, sin
recibir ninguna compensación económica por parte de los futuros padres y no distinguiendo
este criterio como maternidad subrogada sino como una técnica de asistencia médica para la
procreación ye que esta puede ser cualquier técnica que permita la procreación fuera del
proceso natural.
Es importante mencionar que, en otros estados de México, como Ciudad de México,
Jalisco, Nuevo León y Quintana Roo, aunque no está legalmente permitida la maternidad
subrogada, existe una práctica tolerada de esta técnica en algunos casos, sin embargo,
esta situación puede variar dependiendo del criterio de los jueces que deben resolver casos
específicos y a los juicios de ponderación de forma axiológica que se adecuen al caso en
concreto dando perspectivas de protección idónea del bue derecho, salvaguardando en todo
momento a los futuros padres, a la madre subrogada o al producto y en algunos caso hasta
el material genético de los donantes, para la creación de un embrión.
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Miguel Angel Lopez Trejo
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
Marco legal de la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones
Legislación aplicable a nivel mundial a la maternidad subrogada y el congelamiento de
embriones
A nivel mundial, la regulación de la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones
varía significativamente entre los países, en algunos países, la maternidad subrogada está
completamente prohibida, mientras que, en otros, está permitida en ciertas circunstancias y
bajo ciertas condiciones, en cuanto al congelamiento de embriones, su regulación también
varía desde la prohibición total hasta la libre elección, además, la diversidad de regulaciones
refleja las diferencias culturales, éticas y religiosas entre las naciones, la maternidad
subrogada y el congelamiento de embriones son vistos como avances médicos que permiten
a las personas cumplir su deseo de tener hijos, estas prácticas son vistas con escepticismo
o incluso rechazo, debido a preocupaciones sobre la explotación de las mujeres, la
comercialización de la vida humana y la manipulación de los procesos naturales de la vida.
En cuanto a la maternidad subrogada, los países que la permiten a menudo tienen
estrictas regulaciones para proteger los derechos de todas las partes involucradas,
incluyendo a la madre subrogada, los padres intencionados y el niño, estas regulaciones
pueden incluir requisitos de edad, evaluaciones psicológicas y legales, y acuerdos
contractuales detallados, en lo que respecta al congelamiento de embriones, los países que
lo permiten a menudo tienen regulaciones sobre cuánto tiempo pueden ser almacenados los
embriones, quién puede acceder a ellos y qué puede suceder con los embriones no utilizados,
algunos países también tienen regulaciones sobre la donación de embriones y la selección
de embriones basada en características genéticas.
A manera de ejemplo podemos mencionar que, en los Estados Unidos De Norte
América, la regulación de la maternidad subrogada varía entre los estados, pero en general
está permitida y regulada por la ley, ahora bien, en el caso de Europa, la regulación de la
maternidad subrogada varía significativamente entre los países, en algunos países, como
España deriva un aspecto más encuadrado el derecho de forma tradicional a la maternidad
subrogada manejando esta perspectiva como prohibida, mientras que en otros países como
Ucrania, está permitida y regulada ya que el marco de pensamiento liberal conlleva a poder
realizar dichas prácticas.
En cuanto al congelamiento de embriones, en algunos países como China, la regulación
es restrictiva y solo se permite con fines médicos esta adecuación al congelamiento de
embriones refleja la postura del país sobre la ética reproductiva y la manipulación genética,
solo viendo desde la perspectiva de la preservación de la fertilidad antes de tratamientos
médicos que pueden afectarla, cabe hacer mención de las clínicas de fertilidad deben seguir
estrictas directrices y protocolos para garantizar que el proceso de congelamiento y
almacenamiento de embriones se realice de manera segura y ética, incluyendo la obtención
del consentimiento informado de los donantes de óvulos y esperma, y la garantía de que los
embriones no utilizados se manejen de manera adecuada.
Por otro lado en otros países como Estados Unidos, es más flexible y se permite por
motivos no médicos esto significa que las personas pueden optar por congelar sus embriones
para planificar futuros embarazos, incluso si no tienen problemas de fertilidad además existen
clínicas de fertilidad ofrecen una variedad de servicios relacionados con el congelamiento de
embriones, incluyendo la donación de embriones y la adopción de embriones sin embargo, al
igual que con la maternidad subrogada, el congelamiento de embriones en Estados Unidos
está sujeto a un debate ético y moral, mientras que algunos ven estas prácticas como una
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bendición para aquellos que luchan con la infertilidad, otros expresan preocupaciones sobre
la ética de la manipulación genética y la comercialización de la vida humana.
En el Caso de México la legislación aplicable a la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones, es de perspectiva compleja y varía entre las diferentes
entidades federativas, la maternidad subrogada no está prohibida en México, pero su
regulación es limitada y hay falta de claridad en cuanto a la legalidad del proceso y a su
aplicación de marco territorial tal y como se mencionó anteriormente, cabe mencionar que en
2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica
reconociendo el derecho a la maternidad subrogada en México, siempre y cuando se realice
de manera altruista, sin embargo, esta resolución no se ha traducido en una legislación
específica a nivel nacional, en cuanto al congelamiento de embriones permitiendo con fines
médicos, dejando limitantes y falta de claridad en cuanto a la legalidad de la crio preservación
de embriones para fines no médicos.
Problemáticas ante la falta de legislación precisa en México:
La falta de legislación precisa en México en relación a la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones genera diversas problemáticas, una de las principales es la
inseguridad jurídica para las personas que desean llevar a cabo estos procesos, así como
para los niños que nacen de ellos, además, la falta de regulación también puede fomentar la
realización de estos procesos en condiciones precarias y poco éticas y dejando a un lado la
protección del marco referencial del derecho Humano primordial de cada uno de los partícipes
en estas prácticas solo acotándolo de forma contractual sin ver si su clausulado de ese
acuerdo de voluntades el violatorio de derecho humanos primordiales de un nuevo ser.
Otra problemática es la falta de acceso a estos procesos para las personas que los
necesitan debido a la falta de claridad en cuanto a la legalidad y la ausencia de regulación
específica ya que como mencionamos en las legislaciones de algunas entidades como
Coahuila y Sinaloa se abstienen de precisar cuáles son los métodos de reproducción asistida
solo mencionando que puede ser cualquier técnica que permita la procreación fuera del
proceso natural dejando la laguna de que medios se pueden utilizar y si estos llegaran a dañar
o poner en riesgo la salud de alguno de los partícipes contraviniendo la naturaleza misma de
la protección del derecho .
Como podemos ver esto puede tener graves consecuencias para las parejas que
buscan tener hijos y que pueden no tener acceso a estas opciones debido a la falta de
regulación y la falta de información precisa, porque la misma realidad social y formas de
pensamiento nos llevan a que diferentes personas busquen estas opciones para poder
solventar su necesidad reproductiva o más adecuado su derecho humano a la procreación,
sin importarles a veces el derecho Humano a conocer su origine del producto de estas
prácticas, aunque las leyes son más permisivas, el congelamiento de embriones sigue siendo
un tema de discusión intensa y las opiniones varían ampliamente, a medida que la ciencia
avanza, es probable que estas conversaciones continúen y se vuelvan aún más complejas.
Situación actual en el derecho y sus obligaciones de la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones en México
En México, la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones son temas que aún no
cuentan con una regulación precisa y específica en materia jurídica, por esta razón, existen
diversas problemáticas relacionadas con los derechos del producto y los sujetos involucrados
en estos procesos, por lo que en los siguientes puntos daremos una perspectiva de los
mismos, problemáticas de derechos del producto en la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones el marco de legislación aplicable al caso en concreto
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Miguel Angel Lopez Trejo
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
encontramos la violación de posibles derechos humanos de todos los partícipes en estas
prácticas, por lo que es de análisis conocer algunos de ellos y mismos que señalaremos a
continuación.
Derecho a la identidad del producto en la maternidad subrogada y el congelamiento de
embriones, una de las principales problemáticas en la maternidad subrogada es el derecho a
la identidad del producto, en México, no existe una regulación que garantice este derecho
para los niños nacidos por medio de este proceso, lo que puede generar problemas en el
futuro, como la imposibilidad de acceder a ciertos derechos o la dificultad para establecer la
filiación, la falta de regulación puede llevar a situaciones en las que los niños nacidos a través
de estos procesos se enfrenten a problemas legales y emocionales como por ejemplo,
pueden surgir disputas sobre la custodia si la madre subrogada decide reclamar derechos
sobre el niño, también puede haber dificultades para obtener documentación legal para el
niño, como un certificado de nacimiento, si no se reconoce legalmente a los padres
intencionados.
El derecho a la identidad del producto se refiere al derecho que tiene el niño o niña
nacido(a) a través de este proceso a conocer su origen biológico y su identidad, lo cual puede
presentar algunas dificultades en el contexto de saber de dónde viene, por lo que podemos
ver la falta de regulación puede llevar a dilemas éticos y legales, o más aun surgir preguntas
como, por ejemplo, ¿qué sucede con los embriones congelados si los padres intencionados
se divorcian o fallecen? ¿Quién tiene derechos sobre estos embriones y quién puede decidir
su futuro?, estos problemas subrayan la necesidad de una regulación clara y comprensiva en
México que proteja los derechos de todas las partes involucradas en la maternidad subrogada
y el congelamiento de embriones.
En México, el derecho a la identidad está reconocido como un derecho humano
fundamental en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en
diversos tratados internacionales de los cuales México es parte, como la Convención sobre
los Derechos del Niño, el derecho a la identidad implica que toda persona tiene derecho a un
nombre, una nacionalidad y a conocer y ser criado por sus padres por lo que las leyes deben
incluir deforma garante el derecho a la identidad del niño y este siempre sea como mayor
derecho en el estudio en alguna cuestión que conlleve una Litis, así mismo proteger los
derechos de las madres subrogadas y proporcionen directrices claras sobre el manejo de los
embriones congelados.
En el caso de la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones, el derecho a
la identidad puede verse comprometido debido a que el proceso involucra la utilización de
gametos de terceros, es decir, de una madre sustituta y en ocasiones, de donantes de
esperma y óvulos, esto puede plantear dificultades para determinar la filiación del niño o niña
nacido(a) a través de este proceso, dejando una incertidumbre sobre ese origen del producto
y más aún una imposibilidad de saber su origen de este nuevo ser y dejando una gran laguna
jurídica de como buscar proteger y solventar este derecho humano a la identidad y el origen.
En México, la situación legal de este problema conlleva una ambigüedad y depende del
estado o país en que se lleve a cabo, en algunos lugares, la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones es prohibida por ley, mientras que en otros no hay una
regulación clara al respecto, por lo tanto, puede ser difícil establecer la filiación del niño o niña
nacido(a) a través de este proceso, por lo que es importante destacar que el derecho a la
identidad del niño o niña nacido(a) a través de estos medios debe ser garantizado por las
autoridades, por lo que se deben establecer los mecanismos necesarios para asegurar que
el niño o niña pueda conocer su origen biológico y tener acceso a su filiación de manera clara
y sin ambigüedades.
El derecho a la identidad del producto en el congelamiento de embriones en México se
refiere a la obligación de garantizar la identidad del ser humano que resulte de la fecundación
del embrión congelado, esta cuestión se vuelve relevante en los casos en que los embriones
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son donados o adquiridos para su uso en cnicas de reproducción asistida ya que son áreas
complejas que requieren una cuidadosa consideración y regulación para garantizar que se
respeten los derechos y la dignidad de todas las partes involucradas a medida que la ciencia
y la tecnología avanzan, es crucial que las leyes y regulaciones evolucionen para mantenerse
al día con estos cambios y garantizar la protección de todos los individuos involucrados.
Otro Aspecto de estudio es el derecho alimentario del producto en la maternidad
subrogada y el congelamiento de embriones, al ser un derecho humano primordial el percibir
alimentos todo ser Humano es de buen estudio el análisis del producto en la maternidad
subrogada y el congelamiento de embriones se refiere a la obligación que tienen los padres
comitentes o los padres biológicos de proporcionar al niño nacido por medio de la gestación
subrogada, los alimentos y cuidados necesarios para su desarrollo y bienestar, además, este
derecho implica que los padres deben asegurarse de que el niño tenga acceso a gozar del
concepto de alimentos que es términos de derecho es amplio y no solo define la comida sino
anexa el vestido educación entre otros factores que ayudan al buen desarrollo del menor
independientemente de las circunstancias de su concepción y nacimiento.
En México, el derecho alimentario de los hijos está contemplado en el artículo 367 del
Código Civil Federal, el cual establece que los padres tienen la obligación de alimentar,
educar y proporcionar habitación, vestido, asistencia médica y recreación a sus hijos, en el
contexto de esta forma de concebir a un ser, el tema del derecho alimentario se complica en
ocasiones debido a que puede haber disputas sobre quién tiene la obligación de proporcionar
los alimentos al niño, ya que puede haber diferencias entre los padres biológicos y los padres
comitentes respecto a quién es el verdadero responsable, derivado de esta problemática que
deja la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones.
Es importante mencionar que la obligación de proporcionar alimentos no se limita a los
padres biológicos, sino que también puede recaer sobre la madre sustituta en caso de que
se haya establecido una obligación contractual en ese sentido, además, si los padres
biológicos no cumplen con su obligación alimentaria, la madre sustituta podría reclamar
alimentos en su nombre y también ante la falta de una legislación clara podría realizarse algún
reclamos a los donantes del material genético en cuestión que genero la creación de ese
embrión en laboratorio, entre otros factores que darían la posibilidad de generar un estudio
de salvaguarda de derecho primordiales, buscando lo más favorable al menor.
En el congelamiento de embriones es el derecho alimentario del producto, si bien existe
una obligación por parte de los sujetos donantes de proporcionar los cuidados y los alimentos
necesarios para el desarrollo del embrión, no hay una regulación precisa que establezca los
términos y condiciones en que se deben brindar estos cuidados el derecho a percibir
alimentos puede verse afectado si los embriones son donados a otras parejas, en este caso,
¿quién tiene la responsabilidad de proporcionar alimentos al niño una vez que nazca? Esta
es una pregunta que debe ser considerada cuidadosamente al ser un aspecto fundamental
en el estudio de la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones siendo esencial
que se respete este derecho para garantizar el desarrollo y bienestar del niño
En México, en el caso del congelamiento de embriones, el derecho alimentario del
producto se refiere a la obligación que tienen los progenitores (donantes) de brindar los
recursos económicos necesarios para garantizar la atención médica y el bienestar del niño o
niña que eventualmente nazca de ese embrión, ya que como mencionamos anteriormente
las legislaciones de los estados que tratan de regular estas prácticas lo manejan como
métodos de reproducción asistida no previendo los casos de posibles demandas futuras por
parte del niño o niña concebido mediante el congelamiento de embriones, los progenitores
(donantes) podrían ser sujetos de una demanda para garantizar la manutención del niño o
niña, así como la atención médica necesaria.
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Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
Es importante mencionar que, en México, los hijos tienen derecho a alimentos, lo que implica
que los progenitores tienen la obligación de proporcionarlos, en este sentido, los progenitores
que hayan donado los embriones deberán estar dispuestos a asumir los gastos que pudieran
generarse en relación con el nacimiento y la manutención del niño o niña concebido en caso
de que se produzca una demanda por parte del niño o niña, el juez podría ordenar el pago de
una pensión alimenticia, lo que implicaría una obligación financiera para los progenitores, por
ello, es importante que los progenitores que decidan someterse a un proceso de
congelamiento de embriones cuenten con un asesoramiento legal adecuado y se informen
sobre sus obligaciones en este sentido.
Por los que esta problemática que se presenta en la maternidad subrogada y el
congelamiento de embriones el derecho alimentario del producto, si bien existe una obligación
por parte de los sujetos donantes y de la madre sustituta de proporcionar alimentos y cuidados
necesarios para el desarrollo del feto, no hay una regulación precisa que establezca los
términos y condiciones en que se deben brindar estos cuidados, lo que puede derivar en
situaciones de abuso o desprotección para el producto y más aún cuando nazca eso posibles
reclamos de una posible pensión alimenticia en todas las vertientes derivadas del vínculo
sanguíneo y/o el vínculo legal.
La posible pérdida de derechos (patria potestad) de la madre sustituta (no biológica).
En la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones, es posible que la madre
sustituta (no biológica) pierda sus derechos de patria potestad sobre el producto al momento
de su nacimiento, esto se debe a la falta de una regulación específica que establezca las
condiciones en que se debe llevar a cabo este proceso y la forma en que se deben garantizar
los derechos de la madre sustituta ya que existiría una disputa sobre el lazo llamado
maternidad y al no encontrar ser responsable de este vínculo podría tener como resultado la
perdida de este derecho de patria potestad al no solventar de forma completa y correcta todas
las obligaciones que conlleva esta relación con el menor.
En México, la maternidad subrogada no se encuentra regulada de manera clara y
específica en la legislación, lo que puede generar problemáticas en torno a la patria potestad
de la madre sustituta (no biológica) en algunos casos, la madre sustituta puede tener la
intención de quedarse con el producto de la gestación, a pesar de haber firmado un contrato
en el que se establece que renuncia a sus derechos maternos, si bien este tipo de situaciones
no son comunes, pueden darse y generar conflictos y problemáticas en el ámbito jurídico,
debido a la falta de regulación, en algunos casos los jueces pueden determinar que la madre
sustituta tenga la patria potestad sobre el producto de la gestación, lo que puede generar
incertidumbre en los contratos de maternidad subrogada.
Es importante que los contratos de maternidad subrogada contemplen cláusulas claras
y precisas en torno a la patria potestad del producto de la gestación, establezcan términos y
condiciones claros sobre la responsabilidad de los costos médicos y de cuidado prenatal
durante el embarazo, considerando las posibles complicaciones médicas y los riesgos
asociados con el embarazo y el parto y así evitar este tipo de situaciones y garantizar los
derechos de todas las partes involucradas lo recomendable es que esta clausulas tenga una
penalización respecto de una compensación indemnizatoria a los donadores del material
genético, así como la devolución de las cantidades dadas a la madre sustituta
En caso de que la madre sustituta decida no cumplir con el contrato, debe haber una
cláusula que estipule las consecuencias legales y financieras de tal decisión. Esto puede
incluir la obligación de reembolsar a los donantes del material genético por cualquier costo
incurrido durante el proceso, es crucial que todas las partes involucradas en el contrato de
maternidad subrogada reciban asesoramiento legal independiente antes de firmar el contrato,
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esto garantiza que todos comprendan completamente sus derechos y obligaciones bajo el
contrato.
Otra probetica importante es el aspecto del embrión y en México, la Ley General de
Salud establece que los embriones sólo podrán ser utilizados para la reproducción asistida
con fines reproductivos y no podrán ser objeto de comercialización ni de fines distintos a los
reproductivos, además, el Código Civil Federal reconoce que toda persona tiene derecho a
un nombre, una nacionalidad y una identidad, por lo que el producto resultante del
congelamiento de embriones también tiene derecho a estos elementos, por lo que es
importante y fundamental dicho encuadre de la norma valla más haya y no solo se quede en
lo relativo a los fines reproductivos.
En este sentido, se establece la obligación de que las clínicas o centros que realicen el
congelamiento de embriones lleven un registro de los mismos, así como de los donantes y
receptores, para que en caso de que el producto resultante nazca, pueda conocer su
identidad biológica y origen, sin embargo, en la práctica, esta obligación no siempre se
cumple, lo que puede generar dificultades para el producto en cuanto a su identidad y sentido
de pertenencia, es importante mencionar que, al igual que en la maternidad subrogada, la
falta de regulación clara en materia de congelamiento de embriones en México puede generar
incertidumbre en cuanto a la protección de los derechos del producto, en este caso, el
derecho a la identidad.
Derecho a la dignidad humana
En el congelamiento de embriones se refiere a la protección de los embriones congelados
como seres humanos con derechos y dignidad, y no como objetos de propiedad, en México,
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la dignidad humana como
uno de los principios fundamentales del derecho, y se aplica a todas las personas, incluidos
los embriones congelados, además, es importante destacar que la protección de los
embriones congelados no se limita a su dignidad intrínseca, sino que también se extiende a
su potencial para convertirse en seres humanos plenos. Por lo tanto, cualquier acción que
pueda poner en peligro este potencial, como la destrucción o el uso indebido de los
embriones, puede considerarse una violación de sus derechos.
En este sentido, es fundamental que las clínicas de fertilidad y los bancos de embriones
adopten políticas y procedimientos estrictos para garantizar la seguridad y la protección de
los embriones congelados, debiendo incluir medidas para prevenir el robo, la pérdida o el
daño de los embriones, registros y así como para garantizar su correcta identificación y
seguimiento, estableciendo leyes y regulaciones claras para supervisar y regular la práctica
del congelamiento de embriones, estas leyes deben equilibrar la necesidad de proteger los
derechos y la dignidad de los embriones congelados con el derecho de las personas a
acceder a tratamientos de fertilidad y a tomar decisiones sobre su propio material genético
Encontrando un paradigma en este tema radicando en la protección de los embriones
congelados como seres humanos y su derecho a una vida digna, y la necesidad de utilizarlos
para fines médicos y científico, por lo tanto, se deben establecer regulaciones claras para
garantizar que los embriones congelados no sean objeto de explotación o abuso, y que su
uso sea ético y respete su dignidad humana, por lo que es de suma importancia que estas
regulaciones también aborden la cuestión de la propiedad de los embriones congelados.
¿Quién tiene el derecho de decidir sobre su uso futuro? ¿Los donantes de los gametos, la
madre sustituta, o ambos? estas son preguntas complejas que requieren una cuidadosa
deliberación y un enfoque equilibrado.
Se debe considerar el potencial de los embriones congelados para avanzar en la
investigación médica y científica, los embriones pueden ser una fuente valiosa de células
madre, que tienen el potencial de tratar una variedad de enfermedades y trastornos, sin
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Miguel Angel Lopez Trejo
Los derechos y obligaciones derivados del congelamiento de embriones y maternidad subrogada
embargo, su uso en la investigación debe ser cuidadosamente regulado para evitar cualquier
posible explotación o abuso, en México, el uso de embriones congelados para fines médicos
y científicos está regulado por la Ley General de Salud, la cual establece requisitos
específicos para el uso de embriones congelados, incluyendo la necesidad de obtener el
consentimiento informado de los donantes y la prohibición de utilizar los embriones con fines
distintos a los autorizados por la ley.
Además, en México existe el Consejo Nacional de Bioética, el cual tiene como objetivo
garantizar la protección de los derechos humanos en el ámbito de la salud y la investigación
biomédica, y podría ser un organismo clave para establecer regulaciones claras en cuanto al
congelamiento de embriones y su uso ético y responsable para encontrar un equilibrio entre
la protección de los derechos y la dignidad de los embriones congelados, y la necesidad de
utilizarlos para fines médicos y científicos, esto requiere un marco regulatorio claro y sólido
que garantice que todos los actores involucrados actúen de manera ética y respetuosa.
CONCLUSIONES
La maternidad subrogada y el congelamiento de embriones plantean diversas problemáticas
desde la perspectiva del derecho humano a la dignidad, en la maternidad subrogada, el niño
es visto como un objeto que se puede comprar y vender, y se pone en riesgo su derecho a la
identidad y su derecho a tener una familia, en cuanto al congelamiento de embriones, el hecho
de mantener embriones congelados durante largos períodos de tiempo puede ser
considerado una violación al derecho humano a la dignidad, ya que se está tratando al ser
humano como un objeto de almacenamiento.
El derecho humano a la maternidad implica el derecho a decidir libremente si se quiere
ser madre y en qué momento, la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones
pueden ser considerados una violación a este derecho, ya que se está comercializando con
la capacidad reproductiva de las mujeres y se está alterando el proceso natural de la
concepción, ya que son consideradas prácticas que generan controversia y que han llevado
a debates éticos y sociales por lo que es importante considerar el impacto que estas prácticas
pueden tener en la sociedad y en la forma en que se concibe la familia.
En conclusión, de forma general, la maternidad subrogada y el congelamiento de
embriones son temas muy controvertidos que presentan desafíos éticos, legales y sociales.
En todo el mundo, la falta de regulación precisa y específica genera diversas problemáticas
que afectan a todos los sujetos involucrados en estos procesos, al buscar la protección de
los derechos humanos, es importante garantizar la dignidad de todos los sujetos involucrados,
el derecho a la identidad, el derecho alimentario y el derecho a la dignidad humana, desde el
punto de vista del derecho a la maternidad, es esencial garantizar el derecho de las personas
a tener hijos y a formar una familia, siempre y cuando se respeten los derechos humanos de
todos los sujetos involucrados.
Por último, es importante tener en cuenta los aspectos sociales, culturales y
económicos que influyen en la maternidad subrogada y el congelamiento de embriones es
necesario abordar estos temas con un enfoque multidisciplinario que permita considerar todas
las implicaciones éticas, legales, sociales y económicas, siendo fundamental que se
establezcan regulaciones claras y precisas para la maternidad subrogada y el congelamiento
de embriones en México, que permitan garantizar los derechos humanos de todos los sujetos
involucrados y evitar la explotación de las personas en estos procesos.
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