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Crítica y Derecho. Revista Jurídica. Vol. 5(9), (julio - diciembre, 2024). pp. 1-13.
Crítica y Derecho
Revista Jurídica
e-ISSN 2737-6281 / p-ISSN 2737-629X
https://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/criticayderecho/issue/view/297
Los derechos individuales y colectivos como base
esencial para la construcción de una sociedad
sostenible
Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo
de los derechos
History of the Constitutional Court Of Ecuador and the
Development of rights
Fiorella Villacrés Mosquera
Estudiante. Northeastern University. Estados Unidos.
villacres.f@northeastern.edu.ec
https://orcid.org/0009-0009-9992-285X
https://doi.org/10.29166/cyd.v8i9.6432
Recibido: 2024-03-20 / Revisado: 2024-04-18 / Aceptado: 2024-05-16 / Publicado: 2024-07-01
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Fiorella Villacrés Mosquera
Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
RESUMEN
La evolución de la Corte Constitucional de Ecuador desde su establecimiento en 1945 hasta
la constitución de 2008 ha sido crucial para el avance de los derechos humanos en el país.
Este estudio investiga el cambio de un sistema de control constitucional difuso a uno más
concentrado, centrado en la protección de los derechos fundamentales. Se utilizó una
metodología que incluyó revisión histórica, análisis comparativo, estudio de casos y consulta
de expertos. Los resultados muestran que la Corte Constitucional ha desempeñado un papel
esencial en la defensa de los derechos humanos, emitiendo decisiones judiciales
significativas con impacto positivo en la sociedad ecuatoriana. Sin embargo, se identificaron
desafíos en la implementación efectiva de las decisiones y en garantizar un acceso equitativo
a la justicia. Se concluye que es necesario seguir fortaleciendo el sistema judicial y
promoviendo la independencia y la imparcialidad de la Corte Constitucional.
Palabras Claves: Corte Constitucional, derechos humanos, evolución constitucional,
control constitucional, independencia judicial.
SUMMARY
The evolution of the Constitutional Court of Ecuador, from its establishment in 1945 until the
constitution of 2008, has been crucial for advancing human rights in the country. This study
investigates the shift from a diffuse system of constitutional control to a more concentrated
one, focused on protecting fundamental rights. A methodology that included historical review,
comparative analysis, case studies, and expert consultation was utilized. The results show
that the Constitutional Court has played an essential role in defending human rights and
issuing significant judicial decisions that positively impact Ecuadorian society. However,
challenges were identified in the effective implementation of the decisions and in ensuring
equitable access to justice. It is concluded that it is necessary to continue strengthening the
judicial system and promoting the independence and impartiality of the Constitutional Court.
Keywords: Constitutional Court, human rights, constitutional evolution, constitucional
control, judicial independence.
INTRODUCCIÓN
La Corte Constitucional desempeña un rol fundamental en la historia de nuestro país,
ejerciendo el máximo control de interpretación constitucional y administración de justicia en
esta materia. Sin ella, el ejercicio diario del poder sería caótico y no habría ningún tipo de
control. Los derechos constitucionales, al no estar definidos, serían fácilmente violables, y no
habría uniformidad ni estructura del Estado ni garantías básicas.
Es común que los Estados, introduzcan cambios normativos en su carta magna.
Algunos países han tenido múltiples constituciones, como Ecuador, que a lo largo de su
historia ha contado con veinte constituciones; República Dominicana, con alrededor de treinta
y nueve; Bolivia, con diecinueve; mientras que otros como Estados Unidos, México, Japón e
Italia tienen solo una constitución que ha sido enmendada varias veces.
Las múltiples constituciones en cada país pueden tener efectos tanto positivos como
negativos dentro de sus fronteras y en la comunidad internacional. Según Mago Bendahá, el
hecho de que existan múltiples cartas magnas puede reflejar crisis económicas, cambios de
régimen, conflictos armados o reorganizaciones territoriales, además de los costos que
incurre el Estado (Bendahá, 2008). Sin embargo, también se podría ver desde un punto de
vista positivo, puesto que se pueden introducir contenidos ideológicos distintos, mejorar el
civismo, lograr una mayor claridad del lenguaje, perfeccionar la democracia y la participación
ciudadana, crear estructuras constitucionales más sólidas, y mejorar la incorporación y
clasificación de los derechos (Muñoz, 2013).
Ecuador, sin duda, es un país que ha pasado por varios procesos de asambleas
constituyentes, como se observa a continuación. Estos procesos han permitido la
implementación de nuevos mecanismos, derechos y garantías, así como la eliminación de
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instituciones y procedimientos que ahora solo forman parte del pasado jurídico y social, y que
anteriormente causaban retrocesos dentro de la sociedad ecuatoriana. Estos cambios han
brindado a los ecuatorianos la oportunidad de reflexionar sobre sus aspiraciones colectivas,
identidad y valores mediante la deliberación y el consenso sobre los principios fundamentales
del desarrollo del país y la convivencia democrática. La reflexión y el debate en torno a estos
temas son esenciales para el fortalecimiento de la democracia y la construcción de una
sociedad más justa y equitativa.
La evolución de la Corte Constitucional en Ecuador, reflejada en esta investigación, no
solo traza la transformación del país en términos de protección de los derechos
fundamentales y el fortalecimiento del Estado de Derecho, sino que también resalta la
importancia de instituciones como esta en el desarrollo democrático de la nación.
La historia constitucional de Ecuador es un relato rico y complejo que se extiende desde
los primeros intentos de establecer un marco legal hasta la consolidación de la democracia y
el Estado de Derecho. Desde su independencia en el siglo XIX, Ecuador ha experimentado
numerosas reformas constitucionales, cada una reflejando los contextos políticos, sociales y
económicos de su tiempo. La creación y evolución de la Corte Constitucional, como guardiana
de la constitucionalidad y defensora de los derechos fundamentales, ha sido un elemento
crucial en este viaje hacia una sociedad más justa, democrática y necesaria para lograr el
objetivo de tener población que no sufra de injusticias y que sepa que cuenta con recursos e
instituciones creadas para la defensa de sus derechos.
El período inicial de la historia constitucional ecuatoriana estuvo marcado por la
inestabilidad política y la lucha por establecer un orden jurídico que reflejara los ideales de la
independencia. Durante el siglo XIX, el país vio la promulgación de varias constituciones,
cada una seguida por períodos de conflictos y dictaduras. La primera constitución, adoptada
en 1830, estableció un sistema de gobierno republicano que no pudo garantizar la estabilidad
política debido a las divisiones internas y las rivalidades entre las élites regionales.
A lo largo del siglo XIX y principios del XX, Ecuador continuó experimentando cambios
constitucionales en respuesta a las demandas sociales y políticas. La Constitución de 1869
introdujo el sistema presidencialista y el sufragio universal masculino, pero el país aún
enfrentaba desafíos persistentes, incluida la influencia extranjera y la inestabilidad interna
(Constitución de la República del Ecuador, 2008, Arts. 16, 52, 54). La inestabilidad política y
los golpes de Estado eran comunes, lo que dificultaba la consolidación de instituciones
democráticas sólidas.
En el contexto de estas luchas políticas y sociales, la creación de la Corte
Constitucional en 1945 marcó un punto de inflexión en la historia constitucional de Ecuador.
La Constitución de 1945, aunque breve en duración, sentó las bases para el establecimiento
de un sistema de control constitucional en el país. Sin embargo, este período también estuvo
marcado por la represión política y la persecución de líderes opositores, lo que puso en tela
de juicio la efectividad de las instituciones democráticas en Ecuador.
La transición a una nueva Constitución en 1946 trajo consigo cambios significativos en
el sistema de control constitucional. La eliminación del Tribunal de Garantías Constitucionales
en favor del “Consejo de Estado” representó un retroceso en el control constitucional, aunque
este período también vio avances en la consolidación de instituciones democráticas. La
creación del Tribunal de Garantías Constitucionales en la Constitución de 1967 fue un paso
importante hacia la protección de los derechos fundamentales, aunque su dependencia de la
función legislativa limitaba su capacidad de actuar como un verdadero órgano de control
judicial.
La Constitución de 1979 marcó un hito en la historia constitucional de Ecuador al
establecer un sistema de control más concentrado y priorizar la protección de los derechos
fundamentales. Este período también fue testigo de la participación activa de la sociedad civil
en el proceso constituyente, lo que reflejaba un mayor compromiso con la democracia
participativa y la inclusión de diversas voces en la elaboración de políticas públicas.
La promulgación de la Constitución de 1998 representó otro momento crucial en la
evolución de la Corte Constitucional y el sistema de control constitucional en Ecuador. Esta
constitución, considerada progresista en muchos aspectos, reconoció los derechos de grupos
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Fiorella Villacrés Mosquera
Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
marginados como los niños, los indígenas, las personas con discapacidad y las mujeres, lo
que reflejaba un mayor reconocimiento de la diversidad y la igualdad en la sociedad
ecuatoriana.
Finalmente, la Constitución de 2008 consolidó el papel de la Corte Constitucional como
el órgano máximo de control constitucional en Ecuador. Esta constitución, resultado de un
proceso participativo y deliberativo por parte de la Asamblea Constituyente, reflejó un
compromiso continuo con el fortalecimiento de las garantías individuales y el Estado de
derecho en el país. La creación de la Corte Constitucional como un órgano independiente y
autónomo marcó un paso importante hacia la consolidación de la democracia y el respeto al
Estado de derecho en Ecuador.
En resumen, la evolución de la Corte Constitucional en Ecuador refleja la
transformación del país en términos de protección de los derechos fundamentales y el
fortalecimiento del Estado de Derecho. A lo largo de su historia, la Corte Constitucional ha
jugado un papel crucial en la protección de los derechos de los ciudadanos y en la
consolidación de la democracia en Ecuador. Su establecimiento como el órgano máximo de
control constitucional en el país representa un hito en el camino hacia una sociedad más
justa, democrática e inclusiva.
Constitución de la República del Ecuador de 1945
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
Antes de la redacción de la constitución de 1945, Ecuador carecía de un congreso
considerado como uno de los órganos fundamentales del Estado. La necesidad de una nueva
constitución fue sugerida por varios gobiernos, lo que llevó a la convocatoria de una Asamblea
Constituyente en 1938. Sin embargo, esta iniciativa no logró entrar en vigor debido a que el
cuerpo legislativo fue disuelto en ese momento por la voluntad del presidente Mosquera
Nevarez, lo que resultó en la continuidad de la carta magna del año 1906.
Tras la muerte repentina del Dr. Mosquera, se convocaron elecciones en 1940, que
llevaron al Dr. Carlos Arroyo al cargo de jefe de Estado. Sin embargo, se acusó de fraude
electoral al Dr. Velasco Ibarra, quien era considerado el candidato con mayor preferencia
popular. Durante el gobierno del Dr. Arroyo del Río, enfrentó una fuerte oposición, situación
que se agravó con la invasión peruana. Este presidente no pudo completar su mandato
debido a una revolución que instaló a Velasco Ibarra en el poder. La inestabilidad política y
los conflictos territoriales con Perú marcaron este período de la historia ecuatoriana,
caracterizado por cambios de gobierno abruptos y una constante lucha por el poder. La falta
de continuidad en la administración gubernamental dificultó la implementación de reformas y
el desarrollo socioeconómico del país.
La Corte Constitucional nace con la Constitución del año 1945 en Ecuador, una época
marcada por grandes crisis políticas, económicas y sociales, reflejadas en la misma y en los
movimientos sociales como la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador y la
Confederación de Trabajadores. Esta Constitución duró un año, ya que Velasco Ibarra
consideró que era de izquierda y buscó sofocar los movimientos sociales mediante la clausura
de medios y la persecución de sus líderes (Ayala Mora, 2008, p. 81). Juan Larrea Holguín
añade a esta idea, explicando que el presidente electo declaró el 30 de marzo de 1946,
justificando su decisión al afirmar que esa carta magna fomentaba la anarquía, siendo un
desajuste entre lo ideado por la ley. (Larrea Holguín, 1979)
En la Constitución de 1945, se establecieron diversas disposiciones: A) se garantizó la
representación de las minorías, B) el Congreso Nacional incluyó representación indígena y
diputados funcionales, C) se reconoció el derecho de dotar de tierras a quienes no las
tuvieran, D) se consagraron los derechos laborales, E) se garantizó el derecho al matrimonio,
maternidad y familia, F) se estableció la igualdad y proporcionalidad de los impuestos, G) se
reconoció la inexistencia de una religión oficial por parte del Estado, H) se prohibió la prisión
por deudas, I) se declaró punible todo tipo de discriminación, J) se estableció la fuerza pública
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conformada por las Fuerzas Armadas y la Policía, K) se creó el Tribunal de Garantías
Constitucionales, entre otros ámbitos que fueron modificados con esta Constitución.
El Tribunal de Garantías Constitucionales se creó con el propósito de ser una entidad
dedicada al control constitucional, con el fin de evitar que esta se vea vulnerada por el ejercicio
ordinario del poder. Este tribunal reemplazó al anterior Consejo de Estado, que estaba
establecido en la Constitución del año 1938.
La inspiración para la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales provino de
corrientes europeas, como la Constitución Española del año 1931, en la cual se estableció
un tribunal con funciones similares. De esta manera, se adoptó el sistema europeo de control
constitucional y se buscó aplicarlo en Ecuador.
La composición del Tribunal de Garantías Constitucionales incluía: A) El presidente de
la Corte Suprema, B) El Procurador General de la Nación, C) Dos ciudadanos escogidos por
el Congreso, D) Tres diputados escogidos por el Congreso, E) Un representante designado
por los trabajadores, F) Presidente de la Corte Suprema.
Entre los requisitos para ser miembro del tribunal, se estableció que debían ser
ecuatorianos por nacimiento, disfrutar de la ciudadanía y tener al menos 25 años de edad. El
periodo de duración en el cargo era de 2 años, con la posibilidad de ser reelegidos. En casos
de ausencia, los miembros podrían ser reemplazados por suplentes designados. Además,
gozaban de inmunidades equivalentes a las de los diputados y todas las garantías
correspondientes.
Este organismo del Estado tenía las siguientes facultades con el objetivo de:
A) Velar por la observancia de las leyes y la Constitución, así como proteger las garantías
constitucionales, incitando a su inviolabilidad y al respeto al presidente de la República, los
tribunales de justicia y las demás autoridades. B) Formular observaciones sobre los acuerdos,
decretos, reglamentos y resoluciones que se hubieran dictado con violación a las leyes y,
principalmente, a la Constitución. En los casos en que sean aceptadas por los organismos
afectados, el Consejo de Estado deberá publicarlas en la prensa y presentarlas al Congreso
para su consideración, con el fin de determinar su constitucionalidad. C) Decidir sobre la
inconstitucionalidad de los proyectos de ley. D) Suspender la vigencia de una ley, lo cual solo
podrá hacerse mediante una petición al tribunal de última instancia o al juez. Si se realiza la
suspensión, esta se limitará a los aspectos considerados inconstitucionales y el tribunal de
garantías deberá emitir una resolución en un plazo de veinte días desde la recepción de la
solicitud. Es importante destacar que si el tribunal de garantías no resuelve en el plazo
establecido, el juez aplicará la ley vigente. E) Conocer las quejas presentadas por cualquier
persona, jurídica o natural, con respecto al quebrantamiento de la Constitución o las leyes.
Deberá preparar la acusación contra el organismo responsable y presentarla al Congreso
para su enjuiciamiento. F) Revisar las acusaciones presentadas ante el Congreso y
fundamentarlas debidamente. G) Conceder facultades extraordinarias al presidente de la
República. H) Ejercer la jurisdicción en lo contencioso-administrativo según lo determine la
ley. I) Ejercer las funciones indicadas en la Constitución.
Entre las críticas que se realizan respecto al Tribunal de Garantías Constitucionales
establecido en la Constitución del año 1945, se encuentra el hecho de que la decisión final
recaía en el Congreso, como lo establece el artículo 34, inciso 1, que otorga al Congreso la
facultad de determinar los aspectos inconstitucionales. Además, el artículo 165 establece que
el Congreso debe decidir si una ley, reglamento o decreto es inconstitucional, interpretando
la Constitución de manera obligatoria, sin perjuicio de la atribución de la Corte Suprema en la
unificación de la jurisprudencia. Por lo tanto, se puede concluir que el control realizado por el
Tribunal de Garantías Constitucionales carecía de valor hasta que el Congreso decidiera
sobre la constitucionalidad de un precepto legal. En este sentido, surge la interrogante sobre
cuál sería la finalidad de crear un organismo encargado del estudio de la Constitución si la
toma de decisiones dependía en última instancia del Congreso. Además, si el tribunal
deseaba suspender leyes consideradas inconstitucionales, debía solicitar la intervención de
un tribunal de última instancia o de un juez, lo que demuestra las limitaciones en el
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Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
funcionamiento de este organismo. Por lo tanto, se concluye que el control ejercido por la
corte era difuso.
Constitución de la República del Ecuador de 1946
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
La Carta Magna de 1945 fue redactada en un contexto de agitación política y social en
Ecuador. Este documento, propuesto por el presidente Velasco, fue elaborado en medio de
tensiones, disputas y un clima político marcado por atropellos y odiosidades. La redacción de
esta carta estuvo influenciada por un ambiente demagógico, donde las rivalidades políticas y
las luchas de poder jugaron un papel crucial.
Sin embargo, a pesar de su aprobación inicial, la Carta Magna de 1945 enfrentó una
serie de críticas y controversias poco después de su implementación. El propio presidente
Velasco, quien había sugerido el documento, desconoció su validez apenas tres meses
después de su promulgación. Velasco argumentó que la Carta Magna imponía el caos y no
estaba alineada con los principios fundamentales del país.
Uno de los principales puntos de discordia fue la percepción de que la Carta Magna de
1945 había sido redactada de manera apresurada y sin el debido consenso entre las
diferentes fuerzas políticas y sociales del país. Se señaló que el proceso de redacción estuvo
marcado por exclusiones y decisiones unilaterales, lo que generó descontento y desconfianza
en su contenido debido a la rapidez con la que la misma fue redactada y por las exclusiones
y decisiones unilaterales, lo cual dejó como consecuencia la falta de inclusividad y diálogo
entre las facciones políticas de la época.
Además, se criticaron los excesos demagógicos presentes en el texto, que reflejaban
más la voluntad de ciertos grupos políticos que el interés genuino por el bienestar y la
estabilidad del país. Estos excesos contribuyeron a socavar la legitimidad y la efectividad de
la Carta Magna como marco jurídico para el gobierno y la sociedad ecuatoriana.
Ante estas críticas y el reconocimiento de las deficiencias de la Carta Magna de 1945,
se planteó la necesidad de redactar una nueva constitución que abordará de manera más
integral los problemas y desafíos del país. Se consideró crucial corregir los errores del pasado
y establecer un marco legal sólido que garantizará la estabilidad institucional y el respeto por
los derechos fundamentales de todos los ecuatorianos.
La República del Ecuador experimentó una rápida transición hacia una nueva
Constitución en 1946, redactada en Quito, la cual introdujo varios cambios significativos. Uno
de los cambios más destacados fue la eliminación del Tribunal de Garantías Constitucionales
en el año 1946, restableciendo el "Consejo de Estado", que previamente había sido abolido
en 1945. Se buscaba así mantener un control de constitucionalidad, aunque la figura del
Consejo de Estado era similar al Tribunal de Garantías Constitucionales. Los dos primeros
incisos del artículo 146 de las constituciones de 1945 y 1946 revelan la similitud entre ambos
órganos, que se mantuvieron intactos. Esta nueva constitución fue considerada mesurada y
equilibrada, con menos demagogia que la anterior.
En la formulación de la nueva constitución, se realizaron cambios y se otorgaron
nuevas atribuciones al Consejo de Estado, como: A) autorizar al ejecutivo para el ascenso de
los grados tenientes, B) autorizar al presidente para hipotecar o enajenar bienes inmuebles
fiscales, C) convocar al congreso a sesiones extraordinarias. Estos cambios evidencian un
retroceso constitucional al mezclar funciones de observancia constitucional con otras
atribuciones que carecen de relación entre sí. Además, se concedió al Ejecutivo la facultad
de emitir Decretos Leyes de Emergencia en casos de emergencias económicas, se reconoció
el derecho de los padres a elegir la educación adecuada para sus hijos y se mantuvo el
laicismo en la educación. (Larrea Holguín, 1979). Es importante recalcar que esta constitución
ha sido la que se ha mantenido vigente por mayor tiempo, misma que duro veinte años.
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Constitución de la República del Ecuador de 1967
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
La Constitución de la República del Ecuador de 1967 se mantuvo vigente hasta el año
mencionado. Esta nueva constitución fue convocada por Clemente Yerovi y designó a Otto
Arosemena Gómez como presidente. Introdujo el Tribunal de Garantías Constitucionales, el
cual se convirtió en un órgano dependiente de la función legislativa y no funcionaba como
una instancia de control judicial (Martínez, 2011, p. 19).
Las atribuciones otorgadas al Tribunal de Garantías Constitucionales en esta
constitución eran similares a las de 1945, con la adición de: A) el nombramiento interino en
receso del Congreso, siguiendo los requisitos establecidos para los funcionarios cuya
designación corresponde a la función legislativa y para aquellos para los que no haya otra
forma de elección. B) Dictaminar sobre la celebración de contratos que no cuenten con la
aprobación previa del Senado o contratos de cauciones que, debido a su cuantía, requieran
una licitación previa. C) Informar al presidente de la república sobre asuntos que él desee o
sea necesario consultarle.
En esta Constitución se repite el mismo error que en la del año 1945. En el artículo 257
se establece: "Solo el Congreso tiene facultad de interpretar la Constitución de un modo
generalmente obligatorio, y de resolver las dudas que se susciten sobre la inteligencia de sus
preceptos" (Constitución de la República del Ecuador, 1945, Art.257), lo que demuestra cómo
el Congreso tenía la potestad de decidir si aceptar o no el control que la corte había realizado
previamente.
En cuanto a sus miembros, el Tribunal de Garantías Constitucionales estaría
conformado por: A) el presidente de la Corte Suprema, B) un senador elegido por la Cámara
del Senado, C) un representante designado por el presidente de la República del Ecuador,
D) dos diputados, uno de los cuales representará a la mayoría y serán seleccionados por la
Cámara de Diputados, E) el Procurador General del Estado, F) tres ciudadanos elegidos por
el Congreso Pleno y que no formen parte del cuerpo legislativo, y G) el presidente del Tribunal
Supremo Electoral.
El objetivo de esta estructura es garantizar una representación equitativa y diversa
dentro del Tribunal de Garantías Constitucionales, asegurando que diversas ramas del
gobierno y sectores de la sociedad civil estén involucrados en la protección y supervisión del
orden constitucional. Este diseño busca equilibrar el poder y proporcionar un sistema de
controles y contrapesos que promueva la justicia, la transparencia y la estabilidad
institucional.
En esta constitución se añadieron requisitos para considerar a personas como
ecuatorianas por nacimiento. Además, deberán tener como mínimo 30 años de edad y gozar
de sus derechos políticos. Su período durará dos años con la opción a una reelección. Es
vital que si han sido escogidos por parte del Congreso, deben representar diferentes
tendencias políticas y también a la minoría parlamentaria. (Borja, 2008).
Se consideró que en esta carta magna se introdujeron los intereses privados y la
conservación de los privilegios, lo que causó el retroceso del estado militar desarrollista. Sin
embargo, de igual forma se avanzó en los derechos económicos y sociales de las cartas
magnas previas. Se implementaron reformas agrarias en las cuales el Estado asumía
responsabilidad estatal frente a los agentes que se encontraban afectados. Además, se
otorgaron concesiones y se dio inicio a la exploración del petróleo.
Constitución de la República del Ecuador de 1979
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
En la Constitución del año 1979, se consideraron dos modelos durante su elaboración: uno
basado en la Constitución del año 1945 y otro completamente nuevo. Ambos modelos se
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Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
sometieron a consulta popular, resultando ganador el nuevo texto constitucional, considerado
más progresivo (Fernando, 2012). Además, esta Constitución condenó la segregación racial,
la discriminación y el colonialismo (Borja, 2008, p. 35). Se estableció que la finalidad del
Estado era promover el bien común, la paz, la justicia, la seguridad y la honestidad, como
principios fundamentales para orientar las acciones gubernamentales y garantizar el
desarrollo equitativo y armonioso de la sociedad. Se perfeccionó el sistema de habeas corpus,
junto con las apelaciones pertinentes y la disposición de liberar a aquellos que hubieran sido
detenidos de forma ilegal. Además, se otorgó el derecho al voto a los analfabetos, ampliando
así, la participación en las votaciones y elecciones, permitiendo que los nuevos presidentes
sean elegidos por todos los ecuatorianos, no solo por los “cultos” e “ilustrados”.
Antes de la entrada en vigor de la nueva constitución, se llevó a cabo por primera vez
en el país un proceso de doble vuelta electoral en el contexto de las elecciones
presidenciales. En este proceso, además de elegir al presidente, también se seleccionó al
vicepresidente y Jefe de Estado. En la segunda vuelta, Jaime Roldós resultó elegido como
ganador y asumió la presidencia de la nación en 1979. Con su elección, la nueva carta magna,
aprobada mediante referéndum, entró en vigencia y sirvió como marco legal durante todo el
período electoral.
Esta constitución marcó un quiebre significativo con las tradiciones que se mantenían
desde 1830. A diferencia de las anteriores, esta fue redactada no solo por legisladores y
abogados, sino también por representantes de diversos sectores de la sociedad, lo que
reflejaba un enfoque más inclusivo y progresista. Al ser aprobada mediante votación popular,
la nueva constitución adquirió una legitimidad social que las previas diecisiete constituciones
no poseían. Aunque, se podría argumentar que la constitución de Gabriel García Moreno
también fue aprobada por referéndum, las condiciones de los ciudadanos en ese momento
eran muy diferentes, ya que se encontraban fuertemente restringidos y limitados en su
participación política y social.
Se detallaron con mayor precisión los requisitos para obtener la nacionalidad
ecuatoriana para aquellos nacidos en el extranjero, estableciendo la irretroactividad de la ley
en relación con la nacionalidad. Además, se mejoraron las garantías constitucionales,
reafirmando la igualdad entre mujeres y hombres, garantizando la libertad religiosa y
reconociendo derechos fundamentales como el derecho a la vida, vivienda, asistencia
médica, alimentación, salud y servicios sociales necesarios. Se hizo mención de la paternidad
responsable y se reconoció la libertad de los padres para decidir la cantidad de hijos que
deseen tener.
Las garantías de los derechos humanos se proclamaron en la Constitución, y su
cumplimiento obligatorio fue reafirmado mediante los tratados internacionales a los que el
país estaba suscrito. Esto demostraba el compromiso del Estado con el respeto y la
protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, alineándose con las
normas y estándares internacionales establecidos para tal fin. Se reconoció la
responsabilidad del Estado y de los funcionarios en relación con los ciudadanos.
El reconocimiento y protección de los derechos humanos en la Constitución no solo
reflejaban un compromiso interno, sino también una alineación con la comunidad
internacional. Al adherirse a estos tratados internacionales, Ecuador demostraba su intención
de ser parte de una comunidad global que valora y protege los derechos humanos. Este
compromiso no solo mejoraba la imagen del país en el exterior, sino que también fortalecía
la confianza de los ciudadanos en sus instituciones.
Además, se declaró la intangibilidad de los derechos de los trabajadores, lo que impulsó
el desarrollo del ámbito laboral. Esta medida era crucial, ya que los derechos laborales son
un pilar significativo para el bienestar de los trabajadores y sus familias. Al garantizar estos
derechos, el Estado no solo aseguraba condiciones de trabajo dignas, sino que también
promovía la justicia social y la equidad en el ámbito laboral. Esto, a su vez, fomentaba un
ambiente de estabilidad y productividad económica, beneficiando tanto a los trabajadores
como a la economía en general.
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Las facultades del Tribunal de Garantías Constitucionales permanecen iguales, como velar
por el cumplimiento de la Constitución y formular observaciones sobre decretos, acuerdos y
reglamentos que consideren violatorios de la misma. Deben comunicar a la parte competente
sus observaciones, y si no son aceptadas, el tribunal las publicará y las presentará a la
Cámara Nacional de Representantes para que decida sobre su inconstitucionalidad. Además,
el tribunal debe informar sobre todas las quejas formuladas, tanto por personas jurídicas como
naturales, en asuntos constitucionales, para que se prepare la correspondiente acusación
conforme a la ley penal. También debe notificar a la Cámara Nacional de Representantes
para que proceda con el enjuiciamiento cuando sea pertinente.
Sobre los miembros que conforman el Tribunal de Garantías Constitucionales, se
mantienen únicamente los puntos A, B, C y G de la constitución del año 1967. A estos se
añaden: A) El presidente de la Corte Suprema de Justicia, B) un representante por parte de
los trabajadores, así como un representante por parte de las cámaras de producción, C) Dos
representantes por parte de la ciudadanía, seleccionados por los colegios electorales, uno de
los cuales debe incluir a los prefectos provinciales y el otro a los alcaldes cantonales. Los
representantes del Tribunal de Garantías Constitucionales deben tener más de 25 años, y los
miembros designados por la Cámara Nacional de Representantes tienen un mandato de 1
año con posibilidad de reelección. En este tribunal, se puede elegir una presidencia y
vicepresidencia entre sus miembros.
Este tribunal fue considerado una mezcla de los sistemas simples de control político y
del sistema de Hegel. Su principal función es la de suspender leyes, aunque con la aprobación
del Congreso. Se ha observado que este tribunal tiene muy pocas atribuciones y que,
institucionalmente, es poco visible (Barragán, 1990).
Constitución de la República del Ecuador de 1998
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
En la Constitución del año 1998, expedida en Riobamba el 5 de junio y entrando en vigencia
en el mismo año en Ecuador, se encontraba el gobierno interino liderado por Fabián Alarcón
tras el golpe de Estado contra Abdalá Bucaram. Esta constitución tuvo una duración de 10
años y fue considerada progresista en materias como el reconocimiento de los derechos de
los niños, indígenas, personas con discapacidad, mujeres, entre otros. Se determinó a
Ecuador como un Estado de derecho. (Paz, 2008). Durante la redacción de esta carta magna,
inicialmente se promovió como una reforma de la Constitución del año 1979. Sin embargo, a
medida que avanzaba el proceso, se abandonó esta idea y se decidió convocar a una
Asamblea Constituyente. Esta decisión condujo a que la nueva constitución fuera
considerada como un documento completamente nuevo, en lugar de una simple reforma de
la anterior.
En esta constitución se avanzó en las garantías de los derechos humanos de cuarta y
tercera generación, reconociendo a Ecuador como un país multiétnico y pluricultural. Se
agregó más información sobre los afroecuatorianos, además de los pueblos indígenas,
reconociendo sus derechos a las tierras ancestrales, relaciones comunitarias y formas
tradicionales de organización. Se fortaleció la protección al medio ambiente, se estableció la
Defensoría del Pueblo y se defendió los derechos de los consumidores. Se abandonó el
concepto de las áreas de explotación reservadas al Estado.
En lo que respecta a la materia constitucional, el tribunal de esta época se conformó
mediante nueve vocales, los cuales tendrán un período de 4 años con la opción de reelección.
Para conformar el Tribunal Constitucional, será vital que cumplan con los siguientes
requisitos: A) Tener el título de doctor en derecho, jurisprudencia o ciencias, B) Estar en goce
de sus derechos políticos, C) Ser ecuatoriano por nacimiento, D) Haber ejercido con probidad
notoria la docencia universitaria en ciencias jurídicas por un mínimo de 15 años o la profesión
de abogado, la judicatura y ser mayor de cuarenta y cinco años.
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Fiorella Villacrés Mosquera
Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
El proceso de selección de los vocales lo lleva a cabo el Congreso, pero será necesario que
se envíen las ternas correspondientes. Deberán enviarse dos ternas por parte de la Corte
Suprema de Justicia, las cuales deberán estar fuera de su seno, dos por parte del Congreso
Nacional que no ostente la dignidad, dos por parte del Presidente de la República, una por
parte del alcalde y los prefectos provinciales, una por parte de los trabajadores y las
organizaciones campesinas e indígenas legalmente reconocidas, y una por parte de la
Cámara de la Producción, la cual también deberá estar legalmente reconocida. La Corte
podrá elegir un presidente y un vicepresidente que durarán 2 años, y si cabe la reelección
entre los mismos.
Entre sus funciones está resolver: A) Las demandas de inconstitucionalidad, tanto de
forma como de fondo, sobre las leyes, ordenanzas, reglamentos, estatutos, etc., emitidos por
los órganos institucionales del Estado. El tribunal podrá suspender parcial o totalmente sus
efectos. B) Resolver y conocer sobre las inconstitucionalidades presentadas en los actos
administrativos por parte de las autoridades públicas. Si se considera inconstitucional, se
procederá a revocar los actos, sin perjuicio de que la autoridad u órgano que los realizó pueda
tomar las medidas necesarias para preservar lo constitucional. C) Revisar y conocer las
resoluciones que denieguen el amparo y los casos de apelación sobre las acciones de la
misma, hábeas data y hábeas corpus. D) Dirimir los conflictos de atribuciones o competencias
asignadas según lo establecido en la constitución. E) Dictaminar con base en los tratados,
constitución o convenios internacionales, previo a la aprobación del Congreso Nacional. F)
Ejercer las atribuciones conferidas por la constitución.
Las demandas de inconstitucionalidad pueden ser presentadas por el Presidente de la
República en casos relacionados con leyes, decretos, entre otros. Además, el Congreso
Nacional, la Corte Suprema de Justicia, mil ciudadanos en goce de sus derechos políticos o
cualquier persona con el respaldo del Defensor del Pueblo pueden presentarlas. El Presidente
de la República también puede presentar demandas en casos de objeciones de
inconstitucionalidad en el procedimiento legislativo y en relación con la conformidad con la
constitución, tratados o convenios. En casos de dirimir conflictos de atribuciones, la
inconstitucionalidad puede ser demandada por el Congreso Nacional, el Presidente de la
República, la Corte Suprema de Justicia, los concejos municipales o provinciales.
Una vez que se dicte la inconstitucionalidad, esta se promulgará mediante el Registro
Oficial con el fin de dejar sin efecto el acto declarado inconstitucional. Si la orden no se acata
en un período de 30 días, se procederá a sancionar al funcionario según lo establecido por la
ley. Es importante recalcar que las disposiciones inconstitucionales no tienen efecto
retroactivo.
El Tribunal Constitucional de 1998 se consideró un control concentrado debido a que
este órgano centraliza el control constitucional y es la única entidad encargada de esta
función, sin formar parte del poder judicial (Highton, 2010, p. 109). Se consideró que con esta
constitución se inició un proceso gradual de constitucionalización del ordenamiento jurídico,
lo que reflejó la verdadera autonomía del Tribunal Constitucional. Se observaron varios
aspectos neo constitucionalistas, como la presencia de un juez especializado para la última
instancia, avances en las garantías constitucionales y la integración de sistemas
internacionales de derechos humanos (Ávila, 2012, p. 32).
Constitución de la República del Ecuador de 2008
Los antecedentes constitucionales y políticos previos a la elaboración
constitucional
En la Constitución del Ecuador de 2008, llevada a cabo en Montecristi, la Asamblea
Constituyente inició su proceso el 30 de noviembre de 2007 y concluyó el 24 de julio de 2008,
con el propósito de sustituir la Constitución Política de la República del Ecuador del año 1998.
Este proceso constituyente se desarrolló durante el gobierno de Rafael Correa, y la nueva
carta magna fue aprobada mediante referéndum constitucional. Ecuador había pasado por
ya cinco procesos electorales, y Rafael Correa ganó en la segunda vuelta en contra de Álvaro
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Revista Jurídica Crítica y Derecho
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Noboa, obteniendo una votación mayoritaria para que se redactara, después de diez años,
un nuevo marco constitucional.
La Constitución del 2008 incluyó importantes disposiciones, entre las que se
encuentran 30 Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria que anuló la
Constitución de 1998, un Régimen de Transición y una Disposición Final. Los nueve títulos
que conforman esta Constitución abordan aspectos fundamentales de la organización estatal
y los derechos ciudadanos. Estos títulos son: Los componentes constitutivos del Estado,
Derechos, Garantías constitucionales, Participación y organización del poder, Organización
territorial del Estado, Régimen de desarrollo, Régimen de bienestar, Relaciones
internacionales y Supremacía de la Constitución. Cada uno de estos títulos establece
principios esenciales y lineamientos que buscan adaptar la estructura y las funciones del
Estado a las necesidades contemporáneas del país. .( Organización de las Naciones Unidas
para la Alimentación y la Agricultura, 2008).
La elaboración y promulgación de esta nueva Constitución representó un momento
crucial en la historia política y jurídica del Ecuador, marcando un cambio significativo en la
estructura y los principios fundamentales del Estado ecuatoriano. Esta Constitución
modernizó el marco legal del país, reforzando su compromiso con los derechos humanos, la
justicia social y la democracia participativa. Además, la inclusión de derechos ambientales y
de la naturaleza fue pionera a nivel mundial, demostrando un enfoque sostenible en el
desarrollo del país.
Las disposiciones transitorias y el régimen de transición facilitaron una implementación
ordenada y efectiva de los cambios, asegurando una transición estable y coherente. En
resumen, la Constitución de 2008 sentó las bases para un Estado más inclusivo, equitativo y
respetuoso de los derechos de todos sus ciudadanos, representando un hito en la evolución
constitucional de Ecuador.
Se implementó la planificación y se garantizaron los siguientes sectores estratégicos,
como los recursos naturales no renovables, el transporte, la refinación de hidrocarburos, el
patrimonio genético y el espectro electromagnético. Además, se institucionalizó la política
estatal en áreas económicas, la política fiscal en cuanto al endeudamiento crediticio,
financiero, monetario y tributario. Se reconoció la diversidad de formas de propiedad, tales
como estatal, mixta, cooperativa, comunitaria, privada y pública. Se creó la función de
transparencia y control social, se regularon las competencias de las funciones del Estado, se
implementó la figura de la muerte cruzada y se estableció la reelección presidencial por una
sola vez. Asimismo, se reconocieron los derechos al agua, la biodiversidad, los migrantes,
los jóvenes, los adultos mayores, las personas con discapacidad, los usuarios y
consumidores, así como los grupos minoritarios, entre otros. (Paz, 2008).
Se garantizó también la consulta comunitaria para la explotación de los recursos
considerados como no renovables, la propiedad comunal, la conservación de las formas de
convivencia y organización, y la conformación de las circunscripciones territoriales.
La Corte Constitucional fue denominada como el órgano de máximo control de
interpretación constitucional y administración de justicia, ejerciendo jurisdicción nacional. Su
sede se encuentra ubicada en la capital del Ecuador, y la corte goza de autonomía tanto
financiera como administrativa, basándose en la ley para determinar los procedimientos y el
funcionamiento que le permitan cumplir con sus atribuciones.
Está conformada por nueve miembros, con un periodo de duración de 9 años sin opción
a reelección inmediata. Los miembros son renovados por tercios cada tres años. Para ser
parte de la Corte Constitucional, se deben cumplir con los siguientes requisitos: A) Tener un
título de tercer nivel en derecho, legalmente aceptado en el país. B) Ser ecuatoriano y estar
en goce de sus derechos políticos. C) No haber sido parte de ningún partido político durante
un periodo de 10 años. D) Demostrar ética y probidad. E) Haber ejercido la profesión de
abogado con probidad notoria.
Dentro de esta constitución, se puede observar un enfoque progresista en materia de
derechos humanos, participación ciudadana y protección al medio ambiente. Esto podría
correlacionarse con el hecho de que la constitución es relativamente nueva y se ha podido
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Historia de la Corte Constitucional del Ecuador y el desarrollo de los derechos
tomar como referencia otras cartas magnas, así como aplicar, principios jurídicos
considerados necesarios en el país.
CONCLUSIÓN
La evolución constitucional de Ecuador muestra el compromiso del país con los principios
democráticos, la justicia social y la protección del medio ambiente. Desde la independencia,
Ecuador ha atravesado diversas etapas de transformación, cada una reflejada en sus
constituciones, adaptándose a los valores, necesidades y desafíos de cada época. La
creación del Tribunal de Garantías Constitucionales en 1945 marcó el inicio de un proceso
de fortalecimiento del control constitucional y la defensa de los derechos fundamentales.
Un hito decisivo fue la promulgación de la Constitución de 2008, que consolidó un
sistema democrático moderno y participativo. Esta constitución, resultado de un amplio
proceso de participación ciudadana, estableció principios y derechos fundamentales que han
sido esenciales para la protección de los derechos de los ciudadanos y la promoción de un
Estado de derecho sólido y transparente. La creación de la Corte Constitucional en 2008
reforzó este proceso, asegurando la supremacía constitucional y el respeto a los derechos
fundamentales con autonomía e independencia.
El camino de la evolución constitucional en Ecuador no ha sido lineal. Ha estado
marcado por desafíos y obstáculos que han puesto a prueba la fortaleza de las instituciones
democráticas y la vigencia del Estado de derecho. Crisis políticas, conflictos sociales y
tensiones han sido momentos cruciales que han obligado al país a enfrentar nuevos desafíos
y buscar soluciones para fortalecer su tejido democrático. Este proceso ha demostrado la
capacidad del país para aprender y crecer a partir de las crisis, reforzando su compromiso
con una democracia inclusiva y participativa.
La Constitución de 2008 también destacó por su enfoque en la protección del medio
ambiente y los derechos de la naturaleza, siendo pionera a nivel mundial en reconocer y
establecer mecanismos para su protección y conservación. Esta visión holística del desarrollo
sostenible ha sido relevante para enfrentar los desafíos ambientales del siglo XXI,
garantizando un equilibrio entre el desarrollo económico y la preservación del entorno natural.
Además, la ampliación de los mecanismos de participación ciudadana ha permitido una mayor
inclusión y representatividad en el proceso democrático, fortaleciendo la voz de la sociedad
civil en la toma de decisiones políticas.
En resumen, la evolución constitucional de Ecuador refleja un progreso notable en la
protección de los derechos fundamentales y el fortalecimiento del Estado de derecho. Aunque
el camino ha estado lleno de desafíos, Ecuador ha demostrado su capacidad para adaptarse
y crecer, consolidando una sociedad más inclusiva y democrática. La evolución constitucional
de Ecuador continúa en constante desarrollo, enfrentando nuevos desafíos y aprovechando
las oportunidades emergentes para construir una democracia sólida, participativa y
respetuosa de los derechos de todos sus ciudadanos.
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