Agresión y victimización en la violencia sobre las mujeres
DOI:
https://doi.org/10.29166/dpc.v4i4.4328Palabras clave:
Agresión, Victimización, Violencia, MujeresResumen
El enorme problema estructural de la violencia sobre las mujeres es abordado en este trabajo solo en una de sus líneas (defensa de la víctima), para lo cual nos parece propio comenzar reconociendo a la mujer como una víctima peculiar cuando nos referimos a la violencia machista, acudiendo necesariamente, como punto de partida, al recuerdo del llamado ciclo de la violencia2 que, en un estudio sobre mujeres maltratadas, realizara originariamente la psicóloga americana Lenore Walker y al que dedicó valiosos trabajos posteriores. Se trata de una teoría según la cual al maltrato conyugal continuado generaría en la mujer un trastorno patológico de adaptación denominado “battered woman sindrom” (síndrome de la mujer maltratada) y en el que “maltratada” correspondería a una mujer que ha sido víctima de la violencia física, sexual y psicológica (o incluso social) en varias ocasiones3. Se trata de un modelo realizado sobre la base de las experiencias de esas mujeres que han sido sometidas a violencias repetitivas de mano de sus parejas masculinas y que se puede concretar en un conjunto de efectos que hacen incapaz a la mujer de responder de forma inmune a episodios de violencia, sintiéndose presa de la situación hasta llegar incluso al punto de ocultar tales situaciones por miedo a que se produzca una agresión directa más intensa hacia ella o indirecta hacia sus seres más cercanos. Solamente a partir de este conocimiento de la victimización femenina, podremos plantearnos si existe una hipotética responsabilidad penal de las mujeres que reaccionan a la violencia cometiendo delitos, y cuáles serían los argumentos para defender tal responsabilidad o negarla en base a la aplicación de la eximente de legítima defensa. Lo que puede llevar a debate la interpretación tradicional de los requisitos de la causa de justificación que quizá no se hallen en consonancia con la realidad de la violencia de género, y responder tal vez a una aplicación sexista del derecho, ignorando la verdadera posición de la mujer en tales situaciones y permitiendo acudir ocasionalmente, como alternativa, a la aplicación del “miedo insuperable” que permite reconocer una ausencia de responsabilidad o, al menos, una responsabilidad parcial de esas mujeres, si bien de una forma menos significativa. Esta posibilidad no desvinculará a la víctima de tal relación envenenada y del mecanismo de violencias físicas y sociológicas, ni reconocerá la realización de las violencias repetidas o el carácter “legitimo” de la defensa de la mujer, sino que solamente permitirá valorar la situación como una reacción incontrolada frente a un miedo aislado y singular
Citas
BERISTAIN IPIÑA, A., “La dogmática penal evoluciona hacia la victimología (ayer, in dubio pro reo; hoy, pro víctimas; mañana, las víctimas protagonistas)”. Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística, Universidad del País Vasco, nº1 (agosto-diciembre), 2008. Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística
BERISTAIN IPIÑA, A., “La nueva ética indispensable en los creadores de la nueva paz”, Derecho Penal Contemporáneo: Revista Internacional, nº14, 2006. Derecho Penal Contemporáneo: Revista Internacional
CEREZO MIR, J., “Reflexiones críticas sobre algunas manifestaciones de la moderna tendencia a incrementar el rigor en la exigencia de responsabilidad criminal”, Revista Penal, n.º 22 -Julio 2008. http://rabida.uhu.es/dspace/bitstream/handle/10272/11987/Reflexiones.pdf?sequence=2
DORADO MONTERO, P., “Indemnización a las víctimas del delito”, Traducción y estudio crítico de “Riparazione alle vittime del delitto” de GAROFALO, R., (1887), Revista La España moderna / Revista Ibero-Americana, 1905. http://fama2.us.es/fde/indemnizacionALasVictimas.pdf
ECHEBURÚA Y REDONDO, E. / CRUZ-SÁEZ, M.S., “De ser víctimas a dejar de serlo: un largo proceso”, Revista de Victimología | Journal of Victimology. DOI 10.12827-RVJV-1-03. www.revistadevictimologia.com | www.journalofvictimology.com
FERRÉ OLIVÉ, J.C., “El “Plea Bargaining” o cómo pervertir la justicia penal a través de un sistema de conformidades “low cost”, Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. RECPC 20-06, 2018. http://criminet.ugr.es/recpc/20/recpc20-06.pdf
GRACIA IBÁÑEZ, J., “Justicia y política de la compasión en relación con las víctimas”, Revista de victimología | Journal of victimology, DOI 10.12827-RVJV-1-03. www.revistadevictimologia.com | www.journalofvictimology.com
HASSEMER, W., “Consideraciones sobre la víctima del delito”, Anuario de Derecho penal y Ciencias penales, Tomo 43, Fasc/Mes 1, 1990. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=46360
LANDROVE DIAZ, G., “Las víctimas ante el Derecho español. El movimiento victimológico”, Estudios Penales y Criminológicos, nº21, 1998. https://minerva.usc.es/xmlui/bitstream/handle/10347/4106/pg_173-214_penales21.pdf?sequence=1&isAllowed=y
LARRAURI PIJOAN, E., ¿Por qué retiran las mujeres maltratadas las denuncias?, Revista de Derecho penal y Criminología, 2.ª Época, n°12, 2003. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2216928
LARRAURI PIJOAN, E. Violencia doméstica y legítima defensa: una aplicación masculina del Derecho penal, Rev. Jueces para la democracia, nº23, 1994. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2552598
MUÑOZ CONDE, F. – GARCÍA ARÁN, M., “Derecho Penal. Parte General”, 10ª ed., Tirant lo Blanch, Valencia, 2019.
NÚÑEZ PAZ, M.A. y ALONSO PÉREZ, F., Concepto de “marginado”, en “Nociones de Criminología”, Colex, Madrid, 2002.
PANERO GUTIÉRREZ, R., Sobre los delitos privados en el Derecho Romano. “delicta privata”, en “Derecho Romano. La justicia privada y su evolución. Esfera Penal”. Tirant lo Blanch. Valencia. 2004
PETERS, T., Aportaciones de la Criminología a la Victimología “Criminología y Victimología”, Katholieke Universiteit Leuven. Documento digitalizado: https://www.ehu.eus/documents/1736829/2030810/10+-+Criminologia+victimologia.pdf
RODRÍGUEZ MANZANERA, L., “Derecho victimal y victimodogmática”, Revista Eguzkilore. Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología. nº26, Encuentro Internacional "Hacia una Justicia Victimal". Homenaje al Prof. Dr. Dr. h.c. Antonio Beristain, 2012. https://www.ehu.eus/documents/1736829/2177136/R+ManzaneraEguzkilore+26-15.pdf
ROUSSEAU, J.J., “El más fuerte no lo es jamás bastante para ser siempre el amo o señor, si no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en deber.”.
Documento digitalizado: http://www.enxarxa.com/biblioteca/ROUSSEAU%20El%20Contrato%20Social.pdf
TAMARIT SUMALLA, J., “El necesario impulso de la Justicia restaurativa tras la Directiva europea de 2012”, Ars Iuris Salmanticensis: revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, Vol. 1, Nº. 1, 2013. Ars Iuris Salmanticensis: AIS : revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, ISSN-e 2340-5155, Vol. 1, Nº. 1, 2013, págs. 139-160
WALKER, L., “The Battered Women”, Harper & Row Publishers, New York, 1979.
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