Los programas de cumplimiento en la responsabilidad penal de la persona jurídica
DOI:
https://doi.org/10.29166/dpc.v6i6.7702Palabras clave:
responsabilidad penal, persona jurídica, cumplimiento penal, riesgos, penaResumen
La responsabilidad penal de la persona jurídica ha sido un tema abordado desde varios ámbitos, aunque han existido posturas doctrinarias e incluso jurisprudenciales que han cuestionado su cabida en el contexto normativo, la realidad es que el Código Orgánico Penal ecuatoriano a raíz del año 2014 ya contempla la responsabilidad criminal de las corporaciones, en dicho sentido, su estudio se torna indispensable. De la mano con la responsabilidad penal empresarial, aparece la necesidad de discutir sobre la existencia e inclusión de mecanismos de gestión y control de riesgos criminales como son los programas de cumlimiento penal o criminal compliance. Jurídicamente la implementación de estos programas dentro del Ecuador significa la atenuación de la responsabilidad de la persona jurídica, tal y como se señala en el artículo 49 de la norma penal; sin embargo para que aquello suceda es necesario que se cumpla con una serie de requisitos mínimos que hacen a este mecanismo un traje a la medida adaptado a las necesidades y objetivos de la corporación
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