La interseccionalidad como estándar interpretativo en la juris prudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Análisis de los casos Masacres de Río Negro vs. Guatemala, Gonzáles Lluy y otros vs. Ecuador y Vicky Hernández y otras vs. Honduras
DOI:
https://doi.org/10.29166/cap.v10i18.10478Palabras clave:
Interseccionalidad, discriminación estructural, estándar interpretativo, derechos humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos, jurisprudenciaResumen
El presente artículo sostiene que la interseccionalidad ha dejado de operar como una categoría meramente descriptiva de la vulneración de derechos, convirtiéndose en un estándar interpretativo de la igualdad y la no discriminación en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. A partir del estudio de los casos Masacres de Río Negro vs. Guatemala, Gonzáles Lluy y otros vs. Ecuador y Vicky Hernández y otras vs. Honduras, se concluye que la Corte ha pasado
de reconocer contextos de vulnerabilidad de forma implícita a exigir respuestas estatales diferenciadas frente a daños producidos por la interacción simultánea de factores como etnia, género, condición socioeconómica, salud e identidad de género. Asimismo, se critica el riesgo de reducir el enfoque interseccional a una suma de vulnerabilidades y propone entenderlo como un método jurídico para su
utilización en los sistemas jurídicos internos de Latinoamérica.


