Curso elemental de Derecho Romano según el método y doctrina del Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de París
Pablo Federico Girard en la tercera edición original francesa 1901 de su obra coronada por la Academia de ciencias morales y políticas(continuación)
Palabras clave:
Senado, Magistrados, Legislación, Fuentes de derecho, Ley , EdictosResumen
El Senado fue el verdadero centro del gobierno romano en el período posterior a la segunda guerra púnica. Tenía amplias atribuciones en lo administrativo, económico, militar y de relaciones exteriores. Incluso usurpó poderes legislativos, pudiendo eximir de la observancia de las leyes en casos de urgencia pública.
Durante este período, las fuentes del Derecho se diversificaron, incluyendo no solo la costumbre y la ley (lex y plebiscito), sino también los senadoconsultos y los edictos de los magistrados. La ciencia del Derecho también se constituyó como un factor importante en la elaboración jurídica.
Se conservan ejemplos concretos de leyes de la República, como la ley Acilia repetundarum, la ley agraria de 643, la ley Rubria de Gallia Cisalpina y la ley Julia municipalis, que regulaban diversos aspectos del Derecho romano.