Ligera Reseña Higiénica de la Ciudad de Quito

Autores/as

  • Manuel Jijón Bello

Palabras clave:

Higiene pública, Limpieza de calles, Alcantarillado, Cercas y Paredes, Excusados, Letrinas, Basuras, Quito-Ecuador

Resumen

El Reglamento de Policía del Concejo Municipal de Quito de 1881 establece disposiciones sobre el ornato y solidez de los edificios:

  • Los edificios ruinosos o que amenacen peligro dentro de la población serán demolidos, previo juicio de peritos y requerimiento de la Policía, a costa del propietario.
  • Se prohíbe volar balcones, ventanas u otras obras a la calle a menos de 3 metros de altura, bajo pena de ser destruidas por la Policía a costa del infractor.
  • En los cuartos bajos, las rejas de las ventanas no podrán sacarse para el exterior sino hasta 5 centímetros.
  • Se prohíbe abrir agujeros en calles y plazas para levantar arcos, salvo que lo ordene el Concejo para celebrar fiestas.
  • Los infractores serán penados según las disposiciones legales sobre contravenciones de tercera clase, sin perjuicio de reparar el daño causado.

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Publicado

1902-08-01