Instituciones de Derecho Romano

Autores/as

  • José María Borja

Palabras clave:

Comicios, Leyes, República, Senado, Tribunos, Censores, Plebiscitos

Resumen

El Periodo Segundo de la República Romana se caracteriza por la transformación en la forma de dictar leyes y la expansión del poder del Senado. Los comicios curiados desaparecen, y los centuriados absorben sus atribuciones. El Senado extiende sus resoluciones a los derechos privados, y los comicios tributos dictan preceptos generalmente obligatorios. La ley Cecilia Didia prohíbe las leyes complejas, y la ley Horada declara obligatorios los plebiscitos. La ley Publilia establece que los plebiscitos sean obligatorios para todos los ciudadanos.

Biografía del autor/a

José María Borja

Profesor de la Universidad Central del Ecuador.

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Publicado

1897-11-01