Código de enjuiciamiento en materia criminal de la República del Ecuador
Palabras clave:
Jurisdicción criminal, Temporalidad, Ley penal, Acusadores, Delitos de acción privada, Principio de oficialidad, Acusación calumniosaResumen
El Código de Enjuiciamientos en Materia Criminal de Ecuador. Establece que la jurisdicción criminal nace de la ley y determina quiénes están sujetos a ella, incluyendo a ecuatorianos y extranjeros que delinquen en territorio ecuatoriano, con algunas excepciones como los agentes diplomáticos. También se establecen reglas sobre la competencia jurisdiccional, señalando que surte el fuero donde se cometió la infracción, y que el juez competente para los autores lo es también para los cómplices. Se indica que, en general, todas las infracciones deben ser juzgadas de oficio, salvo algunas excepciones como el delito de adulterio, que solo puede ser acusado por el marido.
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Publicado
1905-08-01
Número
Sección
INNOVACIÓN Y PROSPECTIVAS EN EDUCACIÓN UNIVERSITARIA