Tipos penales para conductas que vulneran la integridad sexual, a través del mal uso de inteligencia artificial en Ecuador
DOI:
https://doi.org/10.29166/dpc.v6i6.7701Palabras clave:
Deepfake sexual, Inteligencia Artificial, Delitos informáticos, Delitos contra la Integridad Sexual, Integridad SexualResumen
El presente artículo analiza la falta de determinación de un tipo penal para las conductas que vulneren directamente a la integridad sexual, cuyo medio de ejecución es el uso de Inteligencia Artificial, específicamente en el caso de deepfakes. Este vacío normativo resalta la inexistencia de una conducta que sea penalmente sancionada, y, además, se mencionan dos términos que no se hayan regulados en ningún sentido dentro de la legislación nacional, esto es primero, la Inteligencia Artificial, una herramienta tecnológica nueva que permite realizar varias acciones y obtener resultados en base a un algoritmo y segundo, los deepfakes, que son aquellos contenidos falsos que crean una desinformación. En base a la investigación de delitos informáticos y delitos contra la integridad sexual, se recomienda una reforma al Código Orgánico Integral Penal que respete el principio de legalidad y la integridad sexual principalmente.
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.