Los Delitos Sexuales en el Derecho Penal y en la Eugenesia
Tesis presentada a la Segunda Jornada Peruana de Eugenesia, de Mayo de 1943
Keywords:
Eugenesia, Derecho penal, Hechos sexuales, Delito, Psicoanálisis, Educación sexual, Medicina socialAbstract
Crítica profunda al tratamiento jurídico tradicional de los llamados “delitos sexuales”, argumentando que tales hechos no deben considerarse delitos penales, sino fenómenos que requieren análisis y tratamiento desde la perspectiva de la Eugenesia, la Psicología y la Medicina social. Se sostiene que la penalización de los actos sexuales responde a criterios morales arcaicos, de raíz cristiana, que los calificaron como pecaminosos y no como conductas sujetas a comprensión científica.
El autor propone reemplazar el enfoque punitivo por uno preventivo y educativo, basado en el estudio de las causas biológicas, sociales y psicológicas que originan estos comportamientos. Sugiere además que los actos sexuales “anormales” deben tratarse terapéuticamente y no con cárcel, y que los “hechos sexuales normales” entre hombres y mujeres, lejos de ser delitos, deben regularse en el ámbito civil, priorizando la protección del hijo nacido y la responsabilidad de los padres.
Finalmente, aboga por la educación sexual, la regulación de la edad matrimonial y la mejora de las condiciones sociales y económicas como medios para prevenir los hechos sexuales considerados “delictivos”, integrando la eugenesia como guía para el mejoramiento humano y la evolución ética de la sociedad.