La funcionalidad informática como objeto de tutela penal: bases dogmáticas para la comprensión del bien jurídico en los delitos informáticos
DOI:
https://doi.org/10.29166/cyd.v7i13.10451Palabras clave:
bien jurídico, funcionalidad de los sistemas, delitos informáticos, derecho penal informático, derecho penalResumen
El bien jurídico en este tipo de infracciones penales encuentra su fundamento en la norma constitucional, en cuanto constituye un criterio de legitimación y, al mismo tiempo, un límite del ius puniendi. A partir de esta premisa, el trabajo examina críticamente la tesis según la cual la ley penal no protege de manera inmediata bienes jurídicos, sino que reacciona frente a su lesión o puesta en peligro. Sobre esa base, se revisan las principales posturas doctrinales que sitúan el bien jurídico, ya sea en la confianza en el funcionamiento de los sistemas, ya sea en la información considerada en abstracto, concluyéndose que ambas formulaciones resultan insuficientes para explicar con precisión la estructura de estas figuras penales. Frente a ello, se propone identificar como objeto de tutela penal la funcionalidad de los sistemas de información y comunicación, entendida como el conjunto de condiciones que permiten su operatividad segura, íntegra, disponible y reservada. Esta propuesta se contrasta con diversos tipos penales del catálogo punitivo ecuatoriano y permite ofrecer una base dogmática unitaria para la comprensión de estos delitos.
















